Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Marzo de 2009, C. 771. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 771. XLIV.

C., G.E. s/ recurso judicial directo contra la Dirección Nacional de Migraciones (art. 39 de la ley 25.164).

Buenos Aires, 26 de marzo de 2009 Vistos los autos:

ACasals, G.E. s/ recurso judicial directo contra la Dirección Nacional de Migraciones (art. 39 de la ley 25.164)@.

Considerando:

Que el recurso extraordinario interpuesto es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se lo declara improcedente, con costas. N. y oportunamente, remítase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso extraordinario interpuesto por G.E.C., actor en autos, con el patrocinio letrado del Dr. M.L.O..

Traslado contestado por: el Estado Nacional - Ministerio del Interior - Dirección Nacional de Migraciones, demandado en autos, representado por el Dr. A.J.L.D., en calidad de apoderado.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Posadas.

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