Sentencia nº 92009 de Suprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2, 1ª Circunscripción, 26 de Noviembre de 2009

PonenteSALVINI, LLORENTE, BÖHM
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2009
EmisorSuprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2 - Primera Circunscripción

404 Not Found Not Found The requested URL /legislacion/ley005811.php" target="_blank" title="ley 5811"›ley 5.811‹/a›. Supeditar la indemnización a la concesión de la jubilación por invalidez, llevaría a la injusticia de que su percepción estaría reservada exclusivamente a aquellos que se incapacitasen con suficiente anticipación al cumplimiento de los requisitos legales para jubilarse, negándosele tal beneficio a los que estén cerca de la prestación ordinaria o con los requisitos ya cumplidos, quienes no serían acreedores del derecho reconocido por el art. 49 de la ‹a href="http://www.jus.mendoza.gov.ar/legislacion/ley005811.php" target="_blank" title="ley 5811"›ley 5.811‹/a›. Tan disvaliosa interpretación no resulta de la letra de la ley que concede el beneficio, por lo que no puede convalidarse y mientras el artículo no sea reformado y más allá de cualquier interpretación restrictiva no puede otorgársele tal alcance, habida cuenta de la distinción esencial existente en la naturaleza...

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