Disposición Nº 214/GCABA/DGCACTYT/14

FirmantesPérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y El Transporte
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2014

VISTO:

La Ley N° 471, Decreto N° 184/2010, y el Expediente Electrónico N° 15170750/2014, y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Electrónico N° 15170750/2014 se inician las actuaciones respecto

del Agente de Transito CARIONI DIEGO, N° de ficha 471.092, CUIL N° 20-33781430-

2;

Que se procede conforme a la normativa vigente, solicitando informes de superiores

inmediatos del denunciado y el descargo del mismo a fin de sancionar la conducta

realizada;

Que según se desprende del informe remitido por el Gerente Operativo de esta Unidad

de Organización, el agente en cuestión abandono su lugar de trabajo, sin autorización

alguna con un vehiculó de la repartición hasta su domicilio particular;

Que el accionar del agente es contrario a lo que prescribe la Disposición N°

12/DGCACTYT/2010, Inc. N° 20, "... de solicitar permiso expreso, a su inmediato

superior para retirarse del servicio cuando exista causa justificada o fuerza mayor...."

dentro de las obligaciones establecidas para los Agentes de Tránsito en cumplimiento

de sus funciones;

Que la Ley N° 471 estipula en su artículo 50 que "la enumeración de causales

previstas en el régimen disciplinario del presente cuerpo normativo es meramente

enunciativa y no excluye otras que se deriven de un incumplimiento o falta reprochable

del trabajador con motivo o en ocasión de sus funciones";

Que a su vez en su artículo 51 dispone que "Quedan exceptuados del procedimiento

de sumario previo, los apercibimientos y las suspensiones por un término inferior a

diez días";

Que esta Dirección General, considera necesaria que conductas de tales

características, sean sancionadas a los fines de sentar precedentes para eventuales

situaciones que pudieren resultar del ejercicio de funciones del resto de los agentes de

esta Unidad de Organización, siendo tal reproche de manera ejemplificadora hacia los

demás integrantes de vuestra repartición;

Que se llevaron a cabo los procedimientos establecidos por el art. 47 y 51 del Anexo I

Decreto N° 184-2010 CCT en atención a las facultades para resolver el acto

administrativo en cuestión;

Que en consecuencia, resulta pertinente dictar el acto administrativo a fin de sancionar

con...

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