MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Fecha de la disposición21 de Octubre de 2014

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Síntesis del Estatuto Social del Sindicato Vendedores de Diarios y Revistas de Santiago del Estero, aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. 512/14.

Art. 1 La Asociación Sindical a que se refieren estos Estatutos se denominará SINDICATO VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS DE SANTIAGO DEL ESTERO y se considera continuadora de la Organización Constituida el 11 de Junio de 1946 y tendrá como domicilio legal la ciudad de Santiago del Estero.
Art. 2 Agrupa a todos los trabajadores dedicados a la Venta de Diarios y Revistas de cualquier Nacionalidad, sexo, ideología o credo religioso

Su zona de actuación queda delimitada dentro del territorio de la Provincia de Sgo. del Estero, equivale decir Capital y sus Departamentos.

Art. 3 La sede Central y domicilio Legal se establece en la Ciudad de Santiago del Estero, en la calle ROCA (S) 612, pudiendo establecer Delegaciones y/o Subsedes en el ámbito de su Jurisdicción.
Art. 4 La agremiación tiene como objetivos y fines:
  1. Defender los intereses de los trabajadores de la organización sus condiciones de vida y de trabajo y remover los obstáculos que dificulten la realización plena de los mismos.

  2. Formular un programa de acción y fomentar en forma pacífica la Unión y Agremiación de todos los trabajadores de la actividad del territorio de la Provincia.

  3. Peticionar y representar, a solicitud de parte, los intereses individuales de sus afiliados y colectivamente los del Gremio, ante los Poderes Públicos...

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