Disposición Nº 1580/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 3.883.601/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso "Comercio Minorista de productos alimenticios envasados; Comercio

Minorista de bebidas en general envasadas; Comercio Minorista de Tabaquería,

cigarrería; Comercio Minorista de Artículos de Librería, papelería, cartonería,

impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones; Comercio Minorista de aparatos,

equipos y artículos de telefonía y comunicación; Copias, fotocopias, reproducciones

(salvo imprenta); Locutorio; Correo privado; Pago fácil", para el inmueble sito en la Av.

San Martín N° 6907, Planta Baja, con una superficie de 148,60m2, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito C3II de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

12687813-DGIUR-2014, indica que en virtud de lo solicitado y la normativa vigente, se

informa que:

  1. El rubro "Comercio Minorista de productos alimenticios envasados; Comercio

    Minorista de bebidas en general envasadas; Comercio Minorista de Tabaquería,

    cigarrería" pertenece a la Clase A dentro de la descripción Comercial Minorista

    "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y

    autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos

    de tabaquería y cigarrería. Ley N° 123: S.R.E." y deberá cumplir con la Referencia

    "500" es decir "superficie máxima 500m2", debiendo cumplir con la norma de tejido.

  2. El rubro "Comercio Minorista de Artículos de Librería, papelería, cartonería,

    impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones" pertenece a la Clase A dentro de

    la descripción Comercial Minorista "Papelería, librería, cartonería, impresos, cotillón,

    filatelia, venta de discos y grabaciones, juguetes - Artículos de plástico y de embalaje -

    Artículos publicitarios (dos máquinas fotocopiadoras como actividad complementaria).

    Ley N° 123: S.R.E" y resulta "P" Permitido en el Distrito C3II, debiendo cumplir con la

    norma de tejido.

  3. El rubro "Comercio Minorista de aparatos, equipos y artículos de telefonía y

    comunicación; copias...

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