Disposición Nº 1550/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 10 de Septiembre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 4.714.461/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Agencias Comerciales de Empleo, Turismo, Inmobiliaria, etc.", para el
inmueble sito en la calle Doctor Enrique Finochietto N° 570/72, Subsuelo, Planta Baja
y Planta Alta, con una superficie a habilitar de 86,00 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
12285916-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan permitidos en
el Distrito de Zonificación APH;
Que los usos consignados Permitidos son: "Agencias Comerciales de Empleo,
Turismo, Lotería, Prode, Inmobiliaria, Avisos de Diarios, de Trámites ante organismos
descentralizados";
Que según Plano de uso, se evidencia que la actividad se desarrolla exclusivamente
en Planta Baja;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Agencias Comerciales de Empleo, Turismo, Lotería, Prode, Inmobiliaria,
Avisos de Diarios, de Trámites ante organismos descentralizados", para el inmueble
sito en la calle Doctor Enrique Finochietto N° 570/72 Planta Baja, con una superficie a
habilitar de 86,00 m2, (Ochenta y seis metros cuadrados) debiendo cumplir con toda la
normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
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