Disposición Nº 1375/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Agosto de 2014

VISTO:

El Expediente N° 9.403.396/2014 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para el

inmueble sito en la Av. Belgrano N° 369, Planta Baja, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión está emplazado en la zona 5d Distrito APH 1 "San Telmo-

Av. De Mayo;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

11336224-DGIUR-2014, indica que Plano de la página 02 del Informe Gráfico N° 2014-

9403430, se propone únicamente sobre la fachada de acuerdo con el esquema

adjunto y con las dimensiones y materiales que allí se especifican, la cartelería

publicitaria la cual contiene sobre el frente el logotipo y las letras corpóreas sueltas

simples;

Que de acuerdo a lo analizado en la documentación adjunta se informa que, en lo

referente a la solicitud para la instalación del cartel publicitario, la propuesta de la

página 02 del Informe Gráfico N° 2014-9403430 se ajusta a lo establecido en el

parágrafo 4.2.2.1 Normas Generales, punto d) Publicidad-Anuncios: "En la fachada

principal de los edificios nuevos o protegidos se permitirán anuncios frontales, cuyo

tamaño no supere el 5% de la superficie total de la fachada correspondiente a la planta

baja y sin sobresalir de la altura de la fachada.

Está prohibido el emplazamiento de anuncios en forma saliente y estructuras

publicitarias, como así también la colocación de los mismos obstruyendo aberturas

existentes y/o deteriorando molduras, o cualquier otro elemento plástico de la fachada.

Los anuncios luminosos y artefactos de iluminación nocturna no deberán deformar el

relieve.

Queda prohibida la ejecución de anuncios desde el interior de locales con

trascendencia sonora al exterior; sólo se permitirán anuncios desde el interior de

locales proyectados por medio de circuitos cerrados de televisión, sistema

cinematográfico, diapositivas o cualquier otro medio electrónico.

No se admite la instalación de ningún tipo de publicidad en medianera ni sobre los

techos de los edificios comprendidos en este distrito.

El texto del letrero se limitará a publicitar la actividad que se desarrolla y el nombre o

razón comercial";

Que el Área técnica...

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