Disposición Nº 1109/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 5.462.695/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Centro de Atención Telefónica (Call Center)", para el inmueble sito en

la Lavalle N° 570, 2° Piso, U.F. N° 13, 14, 15, 16 y 17, con una superficie a habilitar de

748,03m2, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión, posee Protección General y se encuentra localizado en

la Zona 2 del Distrito APH51 "Ámbito Catedral al Norte", perteneciendo, también al

APH 52 - "Calle Lavalle", con Nivel de Protección Cautelar. Teniéndose en cuenta que

el APH 52 cuenta con Ley Inicial de fecha 26/11/2009, mientras que el APH 51 con

Ley Firme, corresponde aplicar la normativa del APH 51;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

8007951-DGIUR- 2014, indica que en relación con esta normativa vigente, el Distrito

APH51 "Catedral al Norte" - Zona 2, se regirá por:

  1. El Parágrafo 5 "Usos", ítem 5.2. "Usos en Inmuebles No Catalogados", subítem

    "Zonas 1 y 2" establece: Los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el

    "Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH - Catedral al Norte serán los que

    resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito C1

    del Código de Planeamiento Urbano.

  2. En cuanto al uso "Centro de Atención Telefónica (Call Center)" no se halla

    consignado en el Cuadro de Usos 5.2.1. a) por lo que, dado el tipo de actividad llevada

    a cabo en el lugar, se asimila a "Agencia comercial". El usuario es la "Caja de Seguros

    S.A." y según plano de distribución agregado se han unificado las unidades

    funcionales del 2° Piso. Según aparece en Contrato de Locación la sumatorias de las

    unidades trece a diecisiete más los espacios comunes del 2° piso suman 748,03m2.

    En cuanto al destino la cláusula VII "Destino del bien locado y prohibición de ceder"

    especifica que el inmueble se destinará a la actividad de call center y oficinas

    comerciales dando cumplimiento a las normas municipales de usos permitidos en el

    edificio, inclusive aquella que hace y/o haga referencia a la ocupación máxima por

    superficie de piso...En cuanto al Reglamento de...

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