Resolución Nº 282/PJCABA/PJCABA/14
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Poder Judicial de la Ciudad AutÓNoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 5 de Septiembre de 2014 |
VISTO:
el Expediente DCC N° 135/14-0 caratulado "D.C.C. s/ Adquisición de Relojes
Fechadores"; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución OAyF N° 234/2014 se autorizó el llamado a Licitación Pública N°
13/2014 de etapa única, bajo la modalidad de compra unificada con el Ministerio
Público Tutelar, que tiene por objeto la adquisición de cincuenta y un (51.-) relojes
fechadores automáticos de papeles y su correspondiente garantía de funcionamiento
por el término de doce (12.-) meses contados a partir de la fecha de recepción
definitiva de los bienes-, en la forma, características y demás condiciones descriptas
en el Pliego de Condiciones Particulares que como Anexo I integra esa Resolución,
con un presupuesto oficial de novecientos dieciocho mil pesos ($ 918.000,00) IVA
incluido (fs. 66/73).
Que entonces, la Dirección de Compras y Contrataciones designó al responsable de
asistir al acto de apertura de ofertas y a los miembros de la Comisión de Evaluación de
Ofertas (fs. 75/76).
Que luego, la aludida Dirección puso en conocimiento de la Dirección General de
Control de Gestión y Auditoría Interna la tramitación de la licitación en cuestión (fs.
77/78).
Que a su vez, se remitieron comunicaciones electrónicas a la Unión Argentina de
Proveedores del Estado (fs. 81/82), a la Cámara Argentina de Comercio (fs. 83/84) y a
diferentes firmas del rubro invitándolas a cotizar en la presente contratación (fs. 85/92).
Por otro lado, se realizaron las publicaciones de la convocatoria en la página de
Internet del Poder Judicial de la Ciudad (fs. 79) y en el Boletín Oficial de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (fs. 93/94).
Que luego, la Dirección de Compras y Contrataciones designó al Director General de
Informática y Tecnología como Responsable Técnico (fs. 95/97).
Que a fojas 98 se encuentra agregado el Listado de Entrega de Pliegos de Bases y
Condiciones y a fojas 99/103 lucen las constancias respectivas, suscriptas por cada
una de las firmas que procedieron a su retiro: Nixon Net S.R.L., Relojes ORA S.A.,
Personal SAT Sistemas Electrónicos S.R.L., Sutel S.R.L. y Vaju S.A.
Que luego la Dirección de Compras y Contrataciones dejó constancia de que "no
obstante lo estipulado en el Art. 93° Inc. c) del Anexo I de la Resol. CM N° 1/2014,
personal de esta Dirección de Compras y Contrataciones se ha comunicado
telefónicamente con gran cantidad de firmas que figuran en el rubro N° 601 del
R.I.U.P.P. (...), consultando si proveían relojes fechadores con especificaciones
técnicas similares a las aquí requeridas. Habiéndose recibido tan solo cuatro
respuestas afirmativas, el 22 de julio ppdo. se procedió a remitir invitaciones vía correo
electrónico a las mismas". A su vez, manifestó que "no se han observado firmas
inscriptas en el referido rubro del RIUPP, adicionales a las invitadas que hayan
manifestado interés en cotizar los bienes requeridos" (fs. 104).
Que al respecto, cabe destacar que si bien el artículo 93 de la Resolución CM N°
01/2014 -reglamentaria de la Ley de Compras y Contrataciones- establece el número
mínimo de proveedores del rubro a los que se le han de cursar invitaciones, también
prevé que "(E)n caso de no poder cumplir con las invitaciones establecidas deberá
fundarse debidamente los motivos de tal imposibilidad".
Que así las cosas, con fecha 08 de agosto de 2014, se realizó el acto de apertura de
ofertas y se labró el Acta de Apertura N° 12/2014, que luce incorporada a fojas 107.
De allí surge la presentación ante la Mesa de Entradas de este Consejo de la
Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cuatro (4.-) sobres
conteniendo ofertas. Sin embargo, se dejó constancia de que "la oferta de la empresa
Relojes O.R.A. S.A. ha sido presentada fuera de término, motivo por el cual no se ha
procedido a su apertura y se reservará para ser devuelto oportunamente al
presentante"...
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