Disposición Nº 1252/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2014

VISTO:

El Expediente N° 4.718.253/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio Minorista: Maxiquiosco", para el inmueble sito en la calle

Tacuarí N° 36 U.F N° 1 Planta Baja y 1° Piso, con una superficie a habilitar de 28,57

m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 10e Distrito APH 1 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

8839253-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en la zona

10e del Distrito APH 1;

Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista: Productos

alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se

opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, Productos de Tabaquería y

Cigarrería; Quiosco";

Que no se visa publicidad, toda vez que en las fotografías obrantes a fs. 9 y 10, del

Informe Gráfico, no se visualiza publicidad;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Comercio Minorista: Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria,

mercado, supermercado y autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta -

autoservicio) - Tabaco, Productos de Tabaquería y Cigarrería; Quiosco",para el

inmueble sito en la calle Tacuarí N° 36 U.F N° 1 Planta Baja y 1° Piso, con una

superficie a habilitar de 28,57 m2, (Veintiocho metros cuadrados con cincuenta y siete

decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de

aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin...

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