Disposición Nº 1252/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 1 de Agosto de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 4.718.253/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista: Maxiquiosco", para el inmueble sito en la calle
Tacuarí N° 36 U.F N° 1 Planta Baja y 1° Piso, con una superficie a habilitar de 28,57
m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 10e Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
8839253-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en la zona
10e del Distrito APH 1;
Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista: Productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se
opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, Productos de Tabaquería y
Cigarrería; Quiosco";
Que no se visa publicidad, toda vez que en las fotografías obrantes a fs. 9 y 10, del
Informe Gráfico, no se visualiza publicidad;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
del uso: "Comercio Minorista: Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria,
mercado, supermercado y autoservicio) - (se opere o no por sistema de venta -
autoservicio) - Tabaco, Productos de Tabaquería y Cigarrería; Quiosco",para el
inmueble sito en la calle Tacuarí N° 36 U.F N° 1 Planta Baja y 1° Piso, con una
superficie a habilitar de 28,57 m2, (Veintiocho metros cuadrados con cincuenta y siete
decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
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