Resolución Nº 1503/GCABA/MHGC/14

FirmantesGrindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 896.840/12 e incorporados N° 350.712/11 y N° 2.016.560/11

mediante el cual se instruyó sumario administrativo N° 108/12 y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 645/MHGC/12, el Ministro de Hacienda ordenó la

instrucción del presente sumario tendiente a investigar los hechos denunciados y

deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder, en orden a la denuncia

efectuada por la agente C.A.N., perteneciente a la Dirección General de Contaduría,

en la cual puso de manifiesto conductas que resultan alcanzadas por lo dispuesto en

la Ley N° 1.225, por parte de quien resulta ser su superior jerárquico, agente S.M.A.,

quien se encontraba a cargo del Departamento Sentencias y Reclamos Previsionales

de la citada Dirección General;

Que, obra como antecedentes un sobre que contiene copia del Expediente N°

314.024/11, originado el 03/03/11 en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, por el cual se puso en conocimiento de la Subsecretaría de Gestión

y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda la existencia de la Actuación N°

1.845/08 en el que se dictó la Resolución N° 0509/11;

Que, en la Resolución citada en el párrafo anterior, la Defensoría del Pueblo de la

Ciudad de Buenos Aires solicitó que se impartiesen las instrucciones pertinentes con

el objeto de iniciar el procedimiento previsto por la Ley N° 1.225, a fin de establecer o

deslindar las responsabilidades del caso ante los presuntos hechos de violencia

laboral denunciados por la agente C.A.N.;

Que, abierta que fuese la etapa instructoria del presente sumario administrativo, fue

citada a prestar declaración testimonial la denunciante, C.A.N., quien se encontraba

con licencia especial por largo tratamiento desde el 31/01/11;

Que, el agente Adrián Flavio Cannas, de profesión abogado, perteneciente al

Departamento Sentencias y Reclamos Previsionales de la Dirección General de

Contaduría, en su declaración informativa manifestó que los hechos denunciados por

C.A.N. eran totalmente falsos, atento que no solo tuvo conflictos con el personal del

Departamento donde trabajaba él, sino también donde se desempeño con

anterioridad;

Que, refirió que la nombrada, ante una mirada se consideraba agraviada y suponía

que alguien conspiraba en contra. Además, expresó que era una persona que

generaba dificultades en todo momento;

Que, informó que la jefa, S.M.A., distribuía el trabajo equitativamente entre todo el

personal a su cargo, que nunca le negó tareas, ni la perjudicó con los elementos para

su labor, como tampoco le encomendó un cometido que la denigrara, ya que, en el

sector todos cumplían con lo que debían llevar a cabo;

Que, agregó que a veces, la jefa S.M.A. se sentaba al lado de C.A.N. para explicarle y

guiarla en las tareas a realizar, totalmente contrario a lo que expresara la denunciante.

Dijo que en más de una oportunidad la maltrató como también a sus compañeros,

haciendo comentarios tales como "son unos fracasados";

Que, reseñó que en una ocasión C.A.N. cuestionó una directiva dada por S.M.A., e

inmediatamente comenzó a ponerse en victima diciendo que la perseguían, todo en

presencia del grupo de trabajo. Explicó que por esta razón se organizó una reunión

con todo el sector en el...

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