Disposición Nº 1212/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 29 de Julio de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 4.341.576/2014, por el que se consulta respecto a las obras
ejecutadas sin permiso reglamentarias para el inmueble, con destino "Vivienda
Unifamiliar", sito en la calle Estocolmo N° 3370, de acuerdo a la documentación
obrante de fs. 25 a 28 del Giro Documental, y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito U39 -"Parque Chas"
(Parágrafo 5.4.6.40) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano, delimitado
según Plano N° 5.4.6.40;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
8885652-DGIUR-2014, indica que de acuerdo a la normativa que se encuentra
vigente, se informa que:
-
El Parágrafo 5.4.6.40 Distrito U39 - Parque Chas, en su Punto 4.3) establece:
... Normas de Tejido
a) No podrán regularizarse obras ejecutadas sin permiso que no se ajusten a 4.2.1.2
Normas generales de composición de fachadas o a las presentes Normas generales
de tejido.
b) Tipología Edilicia: Se permiten edificios entre medianeras, de perímetro semilibre y
de perímetro libre de altura limitada.
c) Tejido: Cumplirán con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:
R = h/d = 1
r = h´/d´ = 1,5
Retiro de frente: 3 m.
Plano límite será de 9 m. a contar desde la cota de la parcela determinada por la
Dirección de Catastro.
d) F.O.S.: el que resulte de las normas de tejido, salvo lo dispuesto en el Cuadro de
Usos N° 5.2.1.
-
El Parágrafo 4.9.2 DISPOSICIONES PARTICULARES establece:
"...g) Pueden proponerse compensaciones volumétricas a los efectos de optimizar la
estética urbana o el centro libre de manzana, atendiendo los hechos existentes en la
misma";
Que del análisis de la documentación obrante en Giro Documental de fs. 25 a 28
(Plano de obras ejecutadas sin permiso reglamentarias); a fs. 2 (Plano de
antecedente); a fs. 4 (Memoria Descriptiva); a fs. 3, 5, 23 y 24 (relevamiento
fotográfico); a fs. 9 a 10 (Perimetral y ancho de calles); de fs. 11 a 14 (Consulta
Catastral); a fs. 30 (Resolución de manzana atípica con el correspondiente trazado de
LFI) y a...
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