Resolución Nº 323/GCABA/SSASS/14
Firmantes | Guevara |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud |
Fecha de la disposición | 6 de Agosto de 2014 |
VISTO:
El Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, y el expediente electrónico EE-
2014-08270971- HOPL, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital Oftalmológico "Dr. Pedro
Lagleyze", realizado por la firma Empresa Manila S.A., en el marco del Decreto N°
556/10, modificado por Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de Junio de 2014,
por un monto total de PESOS CIENTO DOCE MIL CIENTO TREINTA Y TRES CON
DIECINUEVE CENTAVOS ($ 112.133,19);
Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se
aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto
556/10 y su modificatorio Dto. 752/10;
Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha
procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los
presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que
el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto
administrativo;
Que la Dirección del Hospital reconoció la prestación del servicio mediante Disposición
DI-2014-77- HOPL, -Orden 3- por el monto mencionado ut-supra;
Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, acordó la gestión realizada y
prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e
imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su
continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población;
Que el monto de la prestación surge de lo establecido mediante Acta Acuerdo N° 63-
MSGC-2013 de fecha 31.07.2013, -Orden 23-, por el cual se reconoce a la firma
prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los
convenios salariales aplicables; ello respecto de los valores fijados en el Registro N°
804.435/MSGC/10, que contemplaban un abono sobre la base de un precio mensual
final por operario de jornada completa de $ 5.100,00 (Pesos Cinco Mil Cien) a octubre
de 2010, para las prestaciones de Hospitales;
Que por EE-2014-04881784-DGRFISS tramita la regularización del servicio dentro del
régimen de...
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