Resolución Nº 1156/2014

Fecha de publicación14 Agosto 2014
Fecha de disposición25 Julio 2014
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta32947



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1156/2014Bs. As., 25/7/2014

VISTO el Expediente Nº 1.620.499/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE SUPERVISORES Y VIGILANCIA DE LA INDUSTRIA JABONERA Y PERFUMISTA por el sector sindical y la ASOCIACION DE INDUSTRIAS PRODUCTORAS DE ARTICULOS DE LIMPIEZA PERSONAL, DEL HOGAR Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.620.499/14 y ha sido debidamente ratificado a fojas 50 de las mismas actuaciones.

Que a fojas 49 del sub examine se declaró formalmente constituida, entre las partes, la Comisión Negociadora de conformidad con lo establecido en la Ley 23.546, para la negociación de la pauta salarial 2014 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 214/93.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita se establece un incremento salarial, respecto del plexo convencional citado, en los términos y con los alcances allí establecidos.

Que corresponde señalar que esta Autoridad de Aplicación les ha reconocido a las partes individualizadas en el primer párrafo del presente la legitimidad que les es propia para negociar respecto del cuerpo convencional referenciado, conforme surge, entre otros actos administrativos, de la Resolución Secretaria de Trabajo (S.T.) Nº 142, de fecha 07 de febrero de 2014 y Resolución Secretaria de Trabajo (S.T.) Nº 118, de fecha 06 de febrero de 2013.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo 214/93, cuyas escalas salariales modifica.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia por el término de doce (12) meses a partir del día 01 de abril de 2014, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio y teniéndose en consideración la nueva escala salarial, deberán remitirse las...

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