Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 2008, M. 1155. XLIV

Fecha02 Diciembre 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1155. XLIV.

RECURSO DE HECHO

M., M.M. delC. c/ Sucesores de F.J.V. y otros s/ legítimo abono.

Buenos Aires, 2 de diciembre de 2008 Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por A.M.A.A. de V. en la causa M., M.M. delC. c/ Sucesores de F.J.V. y otros s/ legítimo abono", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito de fs. 2. N. y archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Recurso de hecho interpuesto por A.M.A.A. de Vallejo, en su calidad de parte demandada, representada por el Dr. F.H.C..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala H.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil n° 17.

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