Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 2008, A. 1594. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1594. XLII.

Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. (TF 17.937-A) c/ D.G.A.

Buenos Aires, 25 de noviembre de 2008 Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 180/200 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d, 7°, 91 y 14 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, se regulan los honorarios del doctor M.R.Z. en la suma de cuatro mil pesos ($ 4.000).

Con relación a la tarea cumplida a fs. 204/212 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d, 7°, 91 y 14 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, se regulan los honorarios de la doctora I.I. en la suma de cinco mil pesos ($ 5.000).

Los honorarios precedentes establecidos no incluyen el impuesto al valor agregado, montos que C. su casoC deberán ser adicionados conforme a la subjetiva situación de los profesionales beneficiarios frente al citado tributo. N. y devuélvanse. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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