Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Agosto de 2008, C. 348. XLIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 348. XLIV.

RECURSO DE HECHO

Canto, C.A. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación).

Buenos Aires, 12 de agosto de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Canto, C.A. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro (en liquidación)", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no satisface el recaudo previsto en el art.

71, inc. c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, lo cual no es subsanable con posterioridad al plazo del art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se la desestima. D. perdido el depósito de fs. 32. N. y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Recurso de hecho deducido por la demandada, Caja Nacional de Ahorro y Seguro e.l., representada por el Dr. F.A.L.G.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala II Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 9

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