Resolución Nº 2820/GCABA/MEGC/14
Firmantes | Anexo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Educación |
Fecha de la disposición | 16 de Julio de 2014 |
VISTO:
El Expediente Electrónico N° 4.081.890/MGEYA-DGPLED/14, y
CONSIDERANDO:
Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional
de nivel secundario mediante su actualización y modernización curricular y
pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al
segundo ciclo de dicha modalidad;
Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de
Educación Técnico Profesional N° 26.058 y en la Ley de Educación Nacional N°
26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones CFE
N° 47/08 y CFE N° 84/09 se aprobaron los "Lineamientos y criterios para la
organización institucional y curricular de la educación técnico profesional
correspondiente a la educación secundaria" y el documento con los "Lineamientos
políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria", respectivamente;
Que en las escuelas técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se
encuentran vigentes los planes de estudio no ciclado en Óptica y ciclo superior diurno
de Óptica;
Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la
transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo
que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra
asignadas, según lo establecido en el Anexo I de la Resolución N° 2990-SED/02;
Que por otra parte, en acuerdo de la Asamblea del Consejo Federal de Educación,
mediante la Resolución CFE N° 107/10 fueron aprobados los documentos con los
"Marcos de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel secundario
sector Óptica", conforme se detalla en su Anexo I, a los efectos de iniciar el proceso de
homologación de los títulos de nivel secundario, y los diseños curriculares
correspondientes;
Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios generales para la definición
curricular de la Educación Técnico Profesional de nivel secundario", mediante
Resolución N° 1281-MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución N° 4145-
SSGECP/12;
Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la
revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el
objeto de resguardar la validez nacional de los títulos...
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