Expediente nº 11623/67 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 18 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2015
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

E.. n° 11623/14 "5210 SA s/ queja por recurso de inconsti-tucionalidad denegado en '5210 SA s/ infr. art. 2.1.3, Ley n° 451'"

Buenos Aires, 18 de noviembre 2015

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El apoderado de la firma "5210 SA" dedujo la presente queja (fs. 79/87vta.) contra la decisión de la Sala I (fs. 76/78) que declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad agregado a fs. 63/73. Allí la defensa cuestionaba la resolución de la Sala que había declarado parcialmente mal concedido el recurso de apelación, y confirmado la condena de primera instancia.

En las actuaciones principales, el titular del Juzgado en lo Penal, C. y de Faltas nº 10 resolvió -con fecha 27 de mayo de 2014- condenar a la firma 5210 S.A. a la pena de multa de diez mil unidades fijas (10.000 UF) por considerarla responsable de la infracción, prevista en el art. 2.1.3 de la ley nº 451, en función de lo dispuesto en el art. 4.7.2.1 del Código de Edificación, consistente en exceder la capacidad del local sito en Avda. Córdoba 5210 de esta Ciudad, al constatarse la cantidad de 275 (doscientos setenta y cinco) personas en su interior (fs. 17/36).

  1. En el recurso de inconstitucionalidad, el apoderado de "5210 SA" denunció la arbitrariedad de la resolución de la Sala I por entender que no había tratado los agravios planteados, que eran: a) la nulidad del acta de comprobación; b) la nulidad del procedimiento de inspección y c) la inconstitucionalidad de la Resolución 36/SSCC/2005 dictada por el Subsecretario de Control Comunal. Consideró que se habían vulnerados el principio de igualdad, la garantía de la defensa en juicio y el derecho de propiedad. En síntesis, alegó que el acta era nula porque no se había identificado al encargado del lugar donde se realizó la inspección; que este procedimiento estaba viciado porque no se había exhibido el "cuenta ganado" con el que se hizo el cálculo de las personas existentes en el lugar, y, por último, destacó que la Resolución 36/SSCC/2005 era inconstitucional porque modificaba el Código de Edificación sancionado por la Legislatura.

  2. La Cámara lo declaró inadmisible porque consideró que no lograba plantear un caso constitucional ni demostrar la existencia de arbitrariedad.

  3. El F. General Adjunto, al tomar intervención, propició el rechazo de la queja por los mismos motivos que la Cámara (fs. 109/110).

    Fundamentos

    El juez L.F.L. dijo:

  4. Corresponde rechazar la queja deducida por la firma 5210 S.A. porque no acredita que el recurso de inconstitucionalidad cuya denegatoria impugna suscite una cuestión constitucional (cf. art. 113, inc. 3 de la CCABA), o una federal (cf. Fallos 311:2478).

  5. La parte recurrente...

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