Resolución Nº 195-D-
Emisor | Direcc. de Parques y Zoologico |
Fecha de la disposición | 19 de Junio de 2014 |
RESOLUCIÓN Nº 195-D-
Mendoza, 19 de junio de 2014
Visto, el Exp. N° 328-D-2014-18010 APZ - S/Regularizar Sistema Turismo y/o tours PGSM, y
CONSIDERANDO:
Que, a fs 01 el Sr. Administrador Gral. de Parques y Zoológicos, solicita al Directorio de Parques y Zoológicos, se prohiba a las empresas de turismo y/o tours que se dediquen al rubro, el ingreso con o sin turistas y/o pasajeros en la Jurisdicción del Parques General San Martín y/o Jardín Zoológico de la Provincia, sin haber realizado y firmado el convenio previo y que cuenta con la autorización correspondiente, aprobado por Resolución.
Que el área Técnica ha realizado un convenio marco, por el cual se van a regir las empresas que quieran realizar tours y/o turismos en jurisdicción de Parques y Zoológico.
Que la Secretaría Legal de la Administración de Parques y Zoológicos el área, a dictaminado conforme a derecho sobre el tema tratado.
Por ello, y en uso de las facultades y atribuciones que le confiere la legislación vigente,
EL DIRECTORIO
DE LA ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES Y ZOOLÓGICO
RESUELVE:
Disponer que para el ingreso, circulación y paradas en jurisdicción del Parque General San Martín, de vehículo de pasajero y/o similar que se dedique al rubro tours y/o turismo en forma habitual, deberán firmar un convenio previo con el Directorio de la Administración de Parques y Zoológico, obteniendo la autorización respectiva.-.
Aprobar el Convenio de Bus Turístico que como anexo I, forma parte integrante de la presente Resolución.-.
Disponer que el Convenio aprobado en el artículo 2° establecerá las formas y modos de prestación del servicio, teniendo en cuenta la finalidad turística y cultural del mismo, los lugares convenientes de promover, condiciones especiales de seguridad que se deban contemplar y demás especificaciones relacionados al servicio en sí.-.
Comuníquese, notifíquese a quienes corresponda y archívese.
Julio César Huaihuas
Administrador General
Javier A. Fernández
Director de Parques
Gustavo Pronotto
Director de Zoológico
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CONVENIO
BUS TURISTICO
Las partes: Entre la Administración de Parques y Zoológico, en adelante "La Administración", con domicilio legal y especial en Av. Los Plátanos s/numero Parque General San Martín, Ciudad de Mendoza, representada por su Directorio integrado por el Administrador General Don .........., el Director de Parques Tec. Ag. .............. y el Director del Zoológico, Med. Vet. Gustavo Pronotto, por una parte y por la otra, .........................., en este acto representada por el Sr. ..................................., con domicilio legal y especial en ......................., en adelante el "Prestador del Servicio", convienen en celebrar el presente convenio:
CLAUSULA PRIMERA:
Objeto:
En cumplimiento de la normativa vigente, las
partes acuerdan en establecer las condiciones en que se prestará el servicio de turismo en forma habitual, paseo, etc, dentro de la Jurisdicción del Parque General San Martín, consistentes en los recorridos, paradas, señalizaciones, datos técnicos de circuito, y todo aquello que sea para beneficio, interés y mejoramiento del espacio verde del parque General San Martín, conforme a lo prescripto por la Ley 6.006 y Dto. 707/96, Resolución 237/10 y sus anexos.
CLAUSULA SEGUNDA:
Plazo de Vigencia
-
- El plazo de vigencia del presente convenio es de 2 años a partir de la fecha de la firma del presente, o hasta el llamado de la licitación publica para la concesión del Servicio de visitas guiadas culturales en el P.G.S.M. Antes de la finalización del plazo referido deberá notificarse fehacientemente con antelación de 60 días, la voluntad de continuar, caso contrario, se dará por concluido al vencimiento del plazo contractual..
2.1.-En caso de que sea la administración, quién no deseare la continuidad del convenio, no necesitara el consentimiento de la otra parte para la rescisión del mismo...
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