Disposición Nº 989/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición19 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 1.719.445/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio Minorista: Ferretería, Herrajes, Repuestos, Materiales

eléctricos (sin deposito, ni tanque de inflamables); Antigüedades, Objetos de Arte;

Instrumentos de Precisión, Científicos, Musicales, Ortopedia; Artefactos de Iluminación

y del Hogar, Bazar, Platería, Cristalería; Relojería y Joyería", para el inmueble sito en

la calle Libertad N° 486, Planta Baja y Sótano UF N° 1, con una superficie a habilitar

de 86,70 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 31/AE9 de Zonificación General

del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-

GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

7233266-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano y resultan permitido en

el Distrito de Zonificación C1;

Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista: Ferretería, Herrajes,

Repuestos, Materiales eléctricos (sin deposito, ni tanque de inflamables);

Antigüedades, Objetos de Arte; Instrumentos de Precisión, Científicos, Musicales,

Ortopedia; Artefactos de Iluminación y del Hogar, Bazar, Platería, Cristalería; Relojería

y Joyería";

Que no se visa publicidad, ya que el recurrente en la declaración jurada de fs.1 del

archivo RE 2014-1719450, renuncia expresamente a la colocación de la misma;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Comercio Minorista: Ferretería, Herrajes, Repuestos, Materiales eléctricos

(sin deposito, ni tanque de...

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