Disposición Nº 13/GCABA/DGGAYE/14
Firmantes | Roldán |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias |
Fecha de la disposición | 14 de Marzo de 2014 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, las Leyes 2624
y 4013, el Código de Edificación 6.3.1 y ss y los Decretos N° 1510/97, 2075/07, 55/10,
660/11 y 396/1;
CONSIDERANDO:
Que el día 7 de febrero del corriente año la Arquitecta Marta Cali, profesional de la
Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió por pedido N° 8571/2014
ingresado por línea 103 a la propiedad ubicada en la Avda. Belgrano 3218, C.A.B.A., a
efectos de realizar una inspección edilicia sobre dicha finca;
Que se trata de un inmueble entre medianeras, desarrollado en planta baja. Cuenta
con un local comercial al frente, sobre L.O., a través del cual se accede a la vivienda
ubicada a continuación, en la parte posterior;
Que del informe técnico efectuado por la Arq. Cali se desprende que "el inmueble es
de vieja data, presentando distintos tipos de deterioros provocados por degradación de
materiales con el transcurso del tiempo, concurrentemente con la ausencia de
mantenimiento. Posee estructura de mampostería portante con cubierta de bovedilla
con vigas de madera";
Que al momento de la inspección "se observó el desprendimiento total del cielorraso
armado en dos habitaciones contiguas al local, siendo estas paso obligado a vivienda
ubicada al fondo, constatándose también la caída de la estructura de sostén de los
ladrillos cerámicos de las bovedillas";
Que no encontrándose dadas las mínimas condiciones de seguridad estructural, se
procedió a la clausura inmediata y preventiva de la totalidad del inmueble, la que fue
notificada mediante Acta de Notificación N° 222/DGGAYE/2014, dándose intervención
al BAP (programa Buenos Aires Presente) para la reubicación de los moradores de la
vivienda;
Que las obras pertinentes a los fines de la regularización del inmueble deberán ser
realizadas bajo la supervisión de un profesional matriculado, que tome a su cargo las
tareas de restablecer las condiciones de seguridad de la edificación y toda su
estructura, y hacia los habitantes de la propiedad y/o personas que circulan por el
lugar;
Que la medida ha sido efectuada de conformidad con lo previsto por los Decretos N°
1510/97 en su Artículo 12° y 2075/07 y su modificatoria Decreto N° 660/11 y 396/12, y
los Artículos 6.3 y 6.4 del Código de Edificación, habiéndose confeccionado Acta de
Notificación N°...
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