Resolución Nº 314/13

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Resolución Nº 314/13.

La Plata, 4 de diciembre de 2013.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11769 (T.O. Decreto N° 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2.479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el expediente Nº 2.429- 2104/2012, y CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones tratan sobre la presentación efectuada por el señor Carlos Gustavo Maroa, en su carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN DE EMPREN- DEDORES Y COMUNIDAD ORGANIZADA “A.D.E.C.O.”, relacionada con la solicitud de suministro de energía eléctrica realizada a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.) para abastecer al barrio denominado “Barrio 71 viviendas” de la localidad de Chivilcoy;

Que en su presentación, el representante de la Asociación manifiesta que se trata de una obra correspondiente al Programa lotes con servicio “Construyendo Futuro”, cuyos beneficiarios son familias desprovistas de tierra y vivienda propia y que “…En tal sentido, el Ejecutivo provincial y la Asociación de Comunidad Organizada a puesto sus esfuerzos con el deseo de que, trabajando mancomunadamente con la gente, alcancemos el logro definitivo del proyecto, que cuenta con la participación y dirección general del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires…” (fs. 3/4). Que asimismo entiende que es de aplicación al caso el Art. 12 del Subanexo E, Reglamento de Suministro y Conexión, del Contrato de Concesión Provincial;

Que expresa además, que habiendo planteado el tema ante la Distribuidora, la misma se ha expedido mediante nota, cuya copia se adjunta, informándole al respecto que “…para satisfacer dicho pedido hay que ejecutar una obra cuyo costo se encuentra 100% a vuestro cargo…”, sin considerar que por tratarse de una obra ubicada en zona urbana, los futuros usuarios con tarifa residencial, sólo deberían abonar el derecho de conexión;

Que, por su parte, adjuntó: copia de la respuesta brindada por EDEN S.A. (f. 1), copia de nota del Intendente Municipal de Chivilcoy declarando de interés social y prioritario para el Municipio el proyecto de viviendas referenciado (f. 2); copia de convenio entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Asociación de Emprendedores y Comunidad Organizada (fs. 20/26), copia de designación de autoridades y Estatuto...

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