Disposición Nº 971/GCABA/DGIUR/14

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición18 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 7.119.715/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Oficina Comercial", para el inmueble sito en la Av. Pte. Julio A. Roca

620, piso N° 13 y 14, UF N° 15, con una superficie a habilitar de 229,00 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH1 /Zona de amortiguación/8e/AE3

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

6896442-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan permitido en

el Distrito de Zonificación APH1 /Zona de amortiguación/8e/AE3;

Que los usos consignados Permitidos son: "Oficina comercial" /Permitido en planta

alta;

Que no se visa publicidad, dado que a fs. 1 del documento E 7119715.pdf el

recurrente renuncia a la colocación de la misma;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Oficina Comercial", para el inmueble sito en la Av. Pte. Julio A. Roca 620,

piso N° 13 y 14, UF N° 15, con una superficie a habilitar de 229,00 m2, (Doscientos

veintinueve metros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que

resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta

Dirección General.

Artículo 3° La...

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