Disposición Nº 960/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición17 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 4.707.409/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio Minorista: Artículos de Óptica y Fotografía", para el

inmueble sito en la calle Tucumán N° 444 Planta Baja, U.F N° 2, con una superficie a

habilitar de 42,15 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 Distrito APH 51 "Catedral al norte"

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de

Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las

disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1 para el Distrito C1 del Código de

Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

6940316-DGIUR- 2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio Minorista: Óptica, Fotografía. Se

admite como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de

uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que

estuviera permitido como actividad independiente";

Que no se visa publicidad, toda vez en las fotografías obrantes a fs. 6 del Giro

Documental N° 4751233/14 no se visualiza publicidad.;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Comercio Minorista: Óptica, Fotografía. Se admite como actividad

complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso, sin superar el

20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitido

como...

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