Resolución Nº 365/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 365/2014Bs. As., 18/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.587.374/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.587.374/13, obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TECNICOS DE FUTBOL ARGENTINO (ATFA) por el sector sindical y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) por el sector empresarial, conforme a lo establecido por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 662/13, celebrado entre los mismos entes negociales.

Que mediante el texto negocial de marras, las partes convienen la modificación de la redacción de algunos artículos del citado convenio, conforme a las condiciones y términos allí pactados.

Que el ámbito de aplicación de los presentes se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que así también, a fojas 7/12 del expediente Nº 1.587.374/13, obra el nuevo texto ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 662/13 celebrado entre la ASOCIACION DE TECNICOS DE FUTBOL ARGENTINO (ATFA) por el sector sindical y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) por el sector empresarial, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE TECNICOS DE FUTBOL ARGENTINO (ATFA) por el sector sindical y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) por el sector empresarial, que luce a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.587.374/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Apruébese el Texto Ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 662/13 celebrado entre la ASOCIACION DE TECNICOS DE FUTBOL ARGENTINO (ATFA) por el sector sindical y la ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO (AFA) por el sector empresarial, que luce a fojas 7/12 del expediente Nº 1.587.374/13.

ARTICULO 3°

— Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente Nº 1.587.374/13. Asimismo, tome razón del Texto Ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 662/13 obrante a fojas 7/12, aprobado por el artículo precedente.

ARTICULO 4°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 662/13.

ARTICULO 5°

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, del Texto Ordenado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Articulo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.587.374/13

Buenos Aires, 20 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 365/14 se ha tomado razón del acuerdo y del texto ordenado del CCT Nº 662/13 obrantes a fojas 3/4 y 7/12 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 404/14 y 405/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Buenos Aires, 16 de septiembre de 2013.

Señor Ministro

a/c del Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social de la Nación

Doctor Carlos Tomada

Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo

Departamento de Relaciones Laborales nro. 3

Avda. Callao 114/128, piso 6°, oficina 14 de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

S/D

Ref.: “Expte. nº 1.503.236/12”

La Asociación de Técnicos del Fútbol Argentino (A.T.F.A.), con domicilio en legal en Viamonte 1328, piso 1°, of “13” de Capital Federal, representada por su Secretario General, Victorio Nicolás Cocco y su Tesorero José Carlos Magliolo, y la Asociación del Fútbol Argentino (A.F.A.), representada por su Presidente Julio Humberto Grondona y su Secretario General Dr. Miguel A. Silva, con domicilio en la calle Viamonte 1366/76, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se dirigen al Señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a los siguientes fines:

  1. Que con fecha 24 de mayo de 2013 ese Ministerio procedió a homologar el Convenio Colectivo de Trabajo celebrado por la Asociación de Técnicos de Fútbol Argentino (ATFA) y la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva nº 14.250 (t.o.) según resolución st nº 616 el que llevó como CCT el nº 662/13.

  2. Que las partes signatarias han resuelto agregar a las categorías ya existentes aquella denominada Argentino A organizado por el Consejo Federal-AFA siendo que las modificaciones previstas al CCT 662/13 resultan de los siguientes artículos y según textos:

Art. 3

ro.: “El presente convenio es de aplicación en todo el territorio nacional en los clubes cuyos equipos participen en los torneos de Primera División, Primera “B” Nacional, Primera “B” y Argentino “A”.

Art. 4

to.: “Se encuentran comprendidos en el presente convenio colectivo de trabajo todas las personas que se desempeñen como directores técnicos de fútbol, en cualquiera de las instituciones directamente o indirectamente afiliadas a la AFA que participen en torneos de Primera División, Primera “B” Nacional, Primera “B” y Argentino “A”. Se hallan incluidos los...

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