Resolución Nº 725/2014

Fecha de publicación10 Junio 2014
Fecha de disposición14 Mayo 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32902



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

ResoluciónNº 725/2014Bs. As., 14/5/2014

VISTO el Expediente Nº 1.033.701/00 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 528 del 7 de abril de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 526/527 del Expediente Nº 1.033.701/00, obra la escala salarial pactada entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa CERRO VANGUARDIA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa homologado por la Resolución S.T. Nº 528/14 y registrado bajo el Nº 1363/14 “E”, conforme surge de fojas 668/672 y 675, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 680/682, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que sin perjuicio del promedio de las remuneraciones que se fija por el presente acto, resulta oportuno dejar aclarado que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2039 del 19 de diciembre de 2013 se fijó el promedio de las remuneraciones para las vigencias 1° de febrero de 2013 y 1° de junio de 2013, correspondiente al Acuerdo Nº 1376/13 en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 740/05 “E”, el cual ha sido renovado por el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1363/14 vigente a partir del 1° de julio de 2011.

Que por lo tanto, cabe entender que el...

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