Disposición Nº 859/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 3.164.175/2014 por el que se consulta en relación a la ampliación de

superficie para la actividad: "Escuela Primaria Privada; Escuela de Educación Media",

para el inmueble sito en la calle Malvinas Argentinas N° 3135/39/41/43, Subsuelo,

Planta Baja, 1° a 7° Piso, con una superficie a ampliar de 2753,73m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito R2aII de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano. El mismo es una Escuela de Educación Media

perteneciente al "Colegio San Cirano";

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

5997166-DGIUR-2014, indica que de acuerdo con la normativa vigente, se informa

que:

  1. El Parágrafo 5.4.1.3 - Interpretación Oficial, establece:

    "...b) R2aII

    1) Carácter: Zona destinada a la localización residencial similar al Distrito R2aI, pero

    con menor intensidad de ocupación total."

    "5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1."

  2. El Cuadro de Usos N° 5.2.1., establece: La actividad "Escuela Primaria Privada" se

    encuentra comprendido dentro del Agrupamiento "Equipamiento" D) "Establecimientos

    Educativos", Clase I "De Escala Barrial" en el rubro "Escuela primaria - privado",

    resultando afectada a la Referencia "C", esto es: "...El Consejo efectuará en cada caso

    el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta y en su caso el

    FOS correspondiente...".

    La actividad "Escuela de Educación Media" se encuentra comprendido dentro del

    agrupamiento "Equipamiento" D) "Establecimientos Educativos", Clase I "De Escala

    Barrial" en el rubro "Escuela de Educación Media", resultando afectada a la Referencia

    "C", esto es: "...El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la

    conveniencia de la localización propuesta y en su caso el FOS correspondiente...".

    En relación a la Ley N° 123 de Evaluación de Impacto Ambiental y sus modificatorias,

    el rubro "Escuela Primaria - Privado" y "Escuela de Educación Media" se encuentran

    catalogados como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto (S.R.E.).

  3. El Parágrafo 5.5.1.5 "Educación", establece:

    "...5.5.1.5.1 Ordenanza N° 35.954, B.M. N° 16.336, Publ. 12/8/980

    1. En...

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