Modificacion de Estatuto

EmisorBrancatelli S.A.
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2014

1) Fecha del Acta de Asamblea que decide la modificación del estatuto y aumento del Capital; 20/12/2013.

2) Datos personales de los accionistas: Claudio Alberto Brancatelli, argentino, nacido el siete de marzo de 1962, D.N.I. 14510992, C.U.I.T. 20-14510992-3, casado, de profesión contador Público, domiciliado en Avenida Wheelwright 1837, Rosario, Provincia de Santa Fe y Silvina Laura Brancatelli, argentina, nacida el 11 de marzo de 1970, D.N.I. 21528433, C.U.I.T. 27-21528433-1, casada, de profesión contador público, domiciliada en Avenida Jorge Newbery 9041, Rosario, provincia de Santa Fe.

3) Nueva denominación de la Sociedad: Brancatelli S.A., y es continuadora de Brancatelli Sociedad de Bolsa S.A. inscripta en el R.P.C. de Rosario, en Estatutos al Tomo 74, folio 11124, número 416, el 28 de diciembre de 1993, la que a su vez es continuadora por transformación de Brancatelli e Hijo S.C. cuyo contrato constitutivo se encuentra inscripto en Contratos al tomo 131, folio 1859, número 657 del 26 de mayo de 1980 y modificación inscripta al tomo 143, folio 16177, número 1619 del 19 de noviembre de 1992 del R.P.C. de Rosario.

4) Domicilio: En la ciudad de Rosario.

5) Duración: 99 años contados desde la fecha de inscripción original en el R.P.C., es decir desde el 28 de diciembre de 1993.

6) Objeto; Dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar de esta República, o en el exterior, con sujeción a las leyes des respectivo país, a las siguientes actividades:

  1. Comerciales: I. De agente de negociación, de conformidad a lo dispuesto por la ley N° 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013).

    1. De agente de liquidación y compensación y agente de negociación propio, de conformidad a lo dispuesto por la ley N° 26.831 y las Normas CNV (N.T. 2013).

    2. De agente de liquidación y compensación y agente de negociación integral, de conformidad a lo dispuesto por la ley N° 26,831 y las Normas CNV (N.T. 2013).

  2. Mandatarias: Administración por cuenta de terceros de negocios financieros, y en especial, los relacionados con títulos de crédito, títulos valores públicos o privados, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consignaciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante; la actuación como agente de suscripciones o servicios de renta y amortización; administración de carteras de valores, fideicomisos financieros como Agente Fiduciario...

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