Resolución Nº 69/GCABA/SSAPM/14

FirmantesGreco
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2014

VISTO:

La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/14, el

Decreto N° 1145/09, el Expediente Electrónico N° 001154205/14, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto, tramita la adquisición de automotores con

patentamiento incluido para la Policía Metropolitana;

Que por Disposición N° 119/DGCYC/11 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones,

aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y

contrataciones mediante BAC;

Que por Resolución N° 43/SSAPM/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y

Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación

Pública de Etapa Única 2900-0071-LPU14 para el día 21 de marzo de 2014 a las

13:00 horas;

Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11, modificada por Resolución 657/MJYSGC/13,

se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros

permanentes;

Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibieron tres (3) ofertas

de las firmas: ESPASA S.A. (CUIT N° 30-65927696-4), ROYCAN S.A. (CUIT N° 30-

70933136-8), e IGARRETA S.A.C.I. (CUIT N° 33-53876676-9);

Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la

reglamentación;

Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas la Comisión Evaluadora de Ofertas

aconsejó desestimar las ofertas presentadas por ESPASA S.A. para los renglones 2, 4

y 5 por no dar cumplimiento a los requerimientos del Pliego de Especificaciones

Técnicas, y desestimar las ofertas presentadas por ROYCAN S.A. para los renglones

2 y 5 y por IGARRETA S.A.C.I. para los renglones 2, 4 y 5 por precio no conveniente

para el G.C.B.A., en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109

concordante con el Artículo 108 de la Ley 2.095, su modificatoria Ley 4.764, el Decreto

Reglamentario N° 95/14, y el Decreto N° 1145/09;

Que asimismo, no se presentaron ofertas para los renglones N° 1 y 3;

Que la presentación realizada por la firma PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. no

fue considerada, por no cumplir con los términos del Artículo 6 del Pliego de Bases y

Condiciones Particulares;

Que el acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas oferentes, exhibida

en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y efectuadas sus...

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