Resolución Nº 69/GCABA/SSAPM/14
Firmantes | Greco |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana |
Fecha de la disposición | 5 de Mayo de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/14, el
Decreto N° 1145/09, el Expediente Electrónico N° 001154205/14, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto, tramita la adquisición de automotores con
patentamiento incluido para la Policía Metropolitana;
Que por Disposición N° 119/DGCYC/11 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones,
aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para los procesos de compras y
contrataciones mediante BAC;
Que por Resolución N° 43/SSAPM/14 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación
Pública de Etapa Única 2900-0071-LPU14 para el día 21 de marzo de 2014 a las
13:00 horas;
Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11, modificada por Resolución 657/MJYSGC/13,
se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros
permanentes;
Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibieron tres (3) ofertas
de las firmas: ESPASA S.A. (CUIT N° 30-65927696-4), ROYCAN S.A. (CUIT N° 30-
70933136-8), e IGARRETA S.A.C.I. (CUIT N° 33-53876676-9);
Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la
reglamentación;
Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas la Comisión Evaluadora de Ofertas
aconsejó desestimar las ofertas presentadas por ESPASA S.A. para los renglones 2, 4
y 5 por no dar cumplimiento a los requerimientos del Pliego de Especificaciones
Técnicas, y desestimar las ofertas presentadas por ROYCAN S.A. para los renglones
2 y 5 y por IGARRETA S.A.C.I. para los renglones 2, 4 y 5 por precio no conveniente
para el G.C.B.A., en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109
concordante con el Artículo 108 de la Ley 2.095, su modificatoria Ley 4.764, el Decreto
Reglamentario N° 95/14, y el Decreto N° 1145/09;
Que asimismo, no se presentaron ofertas para los renglones N° 1 y 3;
Que la presentación realizada por la firma PEUGEOT CITROEN ARGENTINA S.A. no
fue considerada, por no cumplir con los términos del Artículo 6 del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares;
Que el acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas oferentes, exhibida
en el portal www.buenosairescompras.gob.ar y efectuadas sus...
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