Disposición Nº 466/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 21 de Marzo de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 5.852.346/2013 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra
para el inmueble sito en la calle Suipacha N° 1151, Planta Baja y Planta Subsuelo,
Unidad Funcional N° 2, de acuerdo a la Memoria Descriptiva de fs. 2 y 3 y sus copias
de fs. 4 a 7, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble se encuentra ubicado dentro del Distrito R2aI y el mismo se
encuentra catalogado con Nivel de Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
3575420-DGIUR-2014, indica que respecto a la documentación presentada se informa
que:
-
A fs. 2 y 3 y sus copias de fs. 4 a 7 obra Memoria Descriptiva de las tareas a realizar
en el interior del local para acondicionar su uso al cambio de funcionamiento a
proponer.
-
Las tareas a realizar consisten en: desmantelar probadores existentes, desmontar
pisos y revestimientos, cambiar cañerías en baños, ejecución de tabiques de durlock,
colocación de cerámicas en pisos del local y baños y en paredes y pintura interior del
local;
Que en relación a lo previsto por la normativa vigente, se informa que:
-
De acuerdo al Artículo 5.4.12 para el Nivel de Protección Cautelar se admiten los
Grados de Intervención 1 a 4.
-
Las tareas a realizar se encuadran en lo establecido en el Grado de Intervención 3,
donde se indica que: "Comprende las obras y/o acciones dirigidas a la adecuación y
mejora de las condiciones de habitabilidad del edificio mediante la reforma y/o
transformación del espacio interior, que mantengan básicamente la fachada y el
volumen";
Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que resultaría factible
acceder al visado del Aviso de obra para el inmueble sito en la calle Suipacha N° 1151
Planta Baja y Planta Subsuelo, Unidad Funcional N° 2, obrante de fs. 2 y 3 y sus
copias de fs. 4 a 7;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
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