Disposición Nº 6/GCABA/DGIASINF/14

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirecciÓN General de Infraestructura - Asinf
Fecha de la disposición22 de Abril de 2014

VISTO:

El Decreto N° 1510/GCABA/97, la Disposición N° 4-DGIASINF-2014, el Expediente

Electrónico N° 00536225-MGEYA-ASINF-2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición N° 4-DGIASINF-2014 se aprobó el gasto de la Caja Chica

Común N° 1 (uno) de esta Dirección General de Infraestructura de la Agencia de

Sistemas de Información por un importe de pesos trece mil treinta y dos con 21/100 ($

13.032,21.-) de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 67/GCABA/10, la Resolución

N° 51-MHGC-10 y la Disposición N° 183-DGCG-13;

Que atento a las modificaciones realizadas en el Resumen de Comprobantes por

Fecha y por Imputación registrados en SADE como Anexo Firma Conjunta N° IF-

03703932-DGIASINF-2.014 e IF-03704000- DGIASINF-2.014, corresponde rectificar

los informes citados obrantes bajo número de Orden 24 y 25;

Que asimismo, se modificaron los comprobantes, registrado en SADE como IF-

03738814-DGIASINF- 2014, obrante bajo Orden N° 29;

Que en este sentido bajo el número de Orden 40 y 41 lucen los Anexos Firma

Conjunta Nros. IF-04655160- DGIASINF-2014 e IF-04655197-DGIASINF-2014,

mediante el cual, el suscripto y el Sr. Jorge Gerardi, Gerente Operativo Infraestructura

suscribieron el nuevo Resumen de Comprobantes por Fecha y por Imputación,

correspondiente a la Caja Chica Común N° 1 de la Dirección General de

Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información;

Que a tal efecto, bajo Orden N° 37, 38 y 39, obran los comprobantes rectificados,

registrado en SADE como IF-04653754-DGIASINF-2014, IF-04653921-DGIASINF-

2014 e IF-04654141-DGIASINF-2014;

Que cabe remarcar que los comprobantes correspondientes a la compra de Gasoil, se

realizó para el Grupo Electrógeno por medidas de contingencia en el Data Center;

Que asimismo cabe aclarar que parte de los bienes adquiridos con los fondos que se

rinden en la presente resultan inventariables;

Que el artículo 120 del Decreto N° 1510/GCBA/97 establece que "En cualquier

momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los

aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión";

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique los

Comprobantes por Fecha e Imputación, registrados...

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