Resolución N° 74 'A'

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCI - Nº 58 CÓRDOBA, 25 de abril de 2014
6
el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 69 “A” Córdoba, 28 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-111145/2014 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “FUNDACION CONSENSUS PARA UNA
ARGENTINA ABIERTA AL DIALOGO Y EL CONSENSO”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita
autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda
parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes del Código
Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION CONSENSUS PARA UNA ARGEN-
TINA ABIERTA AL DIALOGO Y EL CONSENSO”, con asiento en
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. MARÍA ELENA PRESTI DANISI
SUB DIRECTORA DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 70 “A” Córdoba, 28 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-107334/2013 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL CAUSA COMUN”,
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -
segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes
del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “ASOCIACION CIVIL CAUSA COMUN”, con asiento
en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 71 “A” Córdoba, 28 de Marzo de 2014
Y VISTO: El Expediente Nº 0007-111378/2014 mediante el cual
la Entidad Civil denominada “CENTRO DE TRANSPORTE DE
CARGAS DE LA LAGUNA ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la
Localidad de La Laguna, Provincia de Córdoba, solicita autorización
para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda
parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes del Código
Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “CENTRO DE TRANSPORTE DE CARGAS DE LA
LAGUNA ASOCIACION CIVIL”, con asiento en la Localidad de La
Laguna, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 72 “A” Córdoba, 28 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-104525/2013 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “Club Sporting Argentino de Conlara”,
con asiento en la Localidad de Conlara, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles,
se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y
fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda
parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes del Código
Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “Club Sporting Argentino de Conlara”, con asiento en
la Localidad Conlara, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 73 “A” Córdoba, 28 de Marzo de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-108050/2013 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “FUNDACION PARA EL ESTUDIO DE
SER”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Area
de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los
requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 -segunda
parte, inc. 1º)-, 35, 45 -primer párrafo- y concordantes del Código
Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los
arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E :
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil
denominada “FUNDACION PARA EL ESTUDIO DE SER”, con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.-
ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
actuar como Persona Jurídica.-
ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en
el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y
Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución N° 74 “A” Córdoba, 1 de Abril de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-108972/2013 mediante el cual la
Entidad Civil denominada “CAMARA DE MANDATARIOS Y
GESTORES DE CORDOBA”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma
General del Estatuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con
fecha 29 de Noviembre de 2013.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos
los requisitos formales, fiscales, estatutarios y legales con relación a
la Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha 29 de Noviembre
de 2013 por la Entidad Civil denominada “CAMARA DE
MANDATARIOS Y GESTORES DE CORDOBA”, CUIT N° 30-
58600375-1 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma General del Estatuto, en
procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.-33 segunda
parte, inc. 1º) ¿35, 45 -primer párrafo- y concordantes del Código
Civil, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y
correlativos de la Ley Nº 8652.
LA DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Reforma General del Estatuto So-
cial, sancionada en Asamblea Extraordinaria, celebrada con fecha
29 de noviembre de 2013, de la Entidad Civil denominada

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR