Disposición Nº 903/2014

Fecha de disposición16 Abril 2014
Fecha de publicación24 Abril 2014
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32871



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

DisposiciónNº 903/2014Bs. As., 16/4/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0005265/2014 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, lo establecido en la Ley Nº 25.871, los Decretos Nº 1654 del 9 de octubre de 2008 y Nº 231 del 26 de marzo de 2009, la Disposición Nº 2761 del 22 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1654/08, se creó la tasa de solicitud de ingreso al país que deberán abonar los extranjeros que se encuentren eximidos de la visación consular argentina por motivos de turismo o negocios y que sean nacionales de países que exijan a los ciudadanos argentinos el pago de una tasa por la solicitud y/o tramitación de visa consular de ingreso a sus respectivos territorios.

Que por medio de la Disposición DNM Nº 2761/09 y sus modificatorias, se reglamentó dicha norma determinando sujetos afectados, monto de la tasa, plazos de permanencia, requisitos documentales, etcétera.

Que el artículo 2° del Decreto Nº 1654/08 establece que el monto de la tasa ascenderá a una suma en pesos equivalente al valor de la tasa que exigen a los ciudadanos argentinos cada uno de los países alcanzados por la medida.

Que, asimismo, de acuerdo a lo ordenado en su artículo 5°, esta Dirección Nacional es responsable de la implementación del cobro de la tasa y, en consecuencia, de mantener actualizados los montos que corresponda abonar en cada caso conforme el principio de reciprocidad.

Que, en ese orden de ideas, habiéndose comunicado modificaciones relacionadas con la tramitación de visas para nacionales argentinos en CANADA, corresponderá reflejar dichas modificaciones en el régimen implementado por Disposición Nº 2761/09.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 25.871, el artículo Nº 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1654 del 9 de octubre de 2008; de conformidad con las facultades conferidas por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Sustitúyase el artículo 2° del Anexo I de la Disposición DNM Nº 2761 del 22 de diciembre de 2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2°.- Ámbito de aplicación...

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