Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Abril de 2014, R. 298. XLVIII

Fecha01 Abril 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

r R.

298.

XLVIII.

RECURSO DE HECHO

R., R.C. y otro el Estado Provincial sI ejecución de sentencia.

Buenos Aires, Á- ole. a~t1'¡k 2£)/4. Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa R., R.C. y otro cl Estado Provincial si ejecución de sentencia", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se desestima la queja.

D. perdido el depósito de fs.

59.

N. y, oportunamente, archívese.

J.;CARLOS MAQUEDAE. RAUL ZAFFARONi

, , Recurso de hecho interpuesto por R.R.R., R.C.R. y V.M.R.Á., letrados en causa propia. Tribunal de origen:

Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de La Rioja, Secretaría Civil y Comercial. Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara Cuarta en 10 Civil Comercial y de ~nas, Secretaría B de la Ira. Circunscripción Judicial del Poder Judicial de La Rioja.

D.O.

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