Resolución Nº 119/GCABA/SSTRANS/14

FirmantesDietrich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Transporte
Fecha de la disposición25 de Marzo de 2014

VISTO:

La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/08, su modificatorio N° 232/10, el

Expediente N° 1212130/2013 y el N° 1661195/2013 y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones consignadas en el Visto, tramitó la Licitación Pública N°

806/SIGAF/13, que tiene por objeto la contratación de un Servicio de Transporte y

Distribución de Cartas Documento con destino a la Dirección General de Seguridad

Vial;

Que mediante Resolución N° 399/SSTRANS/13 de fecha 10 de julio de 2013 se

aprobó dicho proceso licitatorio, adjudicándose a la firma "CORREO OFICIAL DE LA

REPÚBLICA ARGENTINA S.A.", emitiéndose la Orden de Compra N° 35394/13;

Que la firma adjudicataria suscribió la Orden de Compra en fecha 15 de julio de 2013,

razón por la cual el vencimiento del plazo de veinte (20) días hábiles previsto por el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares para que la firma efectuara el servicio

contratado operó el día 12 de agosto de 2013;

Que la Dirección General de Seguridad Vial manifiesta mediante su informe IF-2014-

00229613-DGSV de fecha 9 de enero de 2014 que la empresa adjudicataria comenzó

a ejecutar la licitación el 30 de octubre de 2013;

Que CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. excedió el plazo

previsto, procediendo a entregar los bienes luego de vencido el término estipulado

conforme surge de la Solicitud de Entrega de Bienes de Cambio N° 0001735029 y del

informe IF-2014-00229613-DGSV;

Que así entonces, surge de la Solicitud de Entrega de Bienes de Cambio N°

0001735029 y del informe IF-2014-00229613-DGSV, que la recepción de los bienes

allí identificados fue efectuada con posterioridad al vencimiento del plazo previsto,

verificándose una mora de cincuenta y cuatro (54) días respecto de la fecha original de

entrega de los bienes;

Que la firma adjudicataria no efectuó solicitud de prórroga ni de rehabilitación del

contrato, correspondiendo tenerlas por acordadas de hecho en los términos del

Artículo 126

del Decreto N° 754/08, procediendo por ello la aplicación de las.

penalidades contractuales previstas por el artículo 26 del...

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