Resolución Nº 119/GCABA/SSTRANS/14
Firmantes | Dietrich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Transporte |
Fecha de la disposición | 25 de Marzo de 2014 |
VISTO:
La Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754/08, su modificatorio N° 232/10, el
Expediente N° 1212130/2013 y el N° 1661195/2013 y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones consignadas en el Visto, tramitó la Licitación Pública N°
806/SIGAF/13, que tiene por objeto la contratación de un Servicio de Transporte y
Distribución de Cartas Documento con destino a la Dirección General de Seguridad
Vial;
Que mediante Resolución N° 399/SSTRANS/13 de fecha 10 de julio de 2013 se
aprobó dicho proceso licitatorio, adjudicándose a la firma "CORREO OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA S.A.", emitiéndose la Orden de Compra N° 35394/13;
Que la firma adjudicataria suscribió la Orden de Compra en fecha 15 de julio de 2013,
razón por la cual el vencimiento del plazo de veinte (20) días hábiles previsto por el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares para que la firma efectuara el servicio
contratado operó el día 12 de agosto de 2013;
Que la Dirección General de Seguridad Vial manifiesta mediante su informe IF-2014-
00229613-DGSV de fecha 9 de enero de 2014 que la empresa adjudicataria comenzó
a ejecutar la licitación el 30 de octubre de 2013;
Que CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A. excedió el plazo
previsto, procediendo a entregar los bienes luego de vencido el término estipulado
conforme surge de la Solicitud de Entrega de Bienes de Cambio N° 0001735029 y del
informe IF-2014-00229613-DGSV;
Que así entonces, surge de la Solicitud de Entrega de Bienes de Cambio N°
0001735029 y del informe IF-2014-00229613-DGSV, que la recepción de los bienes
allí identificados fue efectuada con posterioridad al vencimiento del plazo previsto,
verificándose una mora de cincuenta y cuatro (54) días respecto de la fecha original de
entrega de los bienes;
Que la firma adjudicataria no efectuó solicitud de prórroga ni de rehabilitación del
contrato, correspondiendo tenerlas por acordadas de hecho en los términos del
del Decreto N° 754/08, procediendo por ello la aplicación de las.
penalidades contractuales previstas por el artículo 26 del...
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