Resolución Nº 141/2014

Fecha de publicación26 Marzo 2014
Fecha de disposición19 Marzo 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32853



MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

ResoluciónNº 141/2014Bs. As., 19/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0230715/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA; las Leyes Nros. 23.961; 24.425 y 25.218, las Resoluciones Nros. 409 del 30 de septiembre de 1996 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 285 del 4 de julio de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establecer los procedimientos de inspección y certificación de productos de origen vegetal, a fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos fijados por la normativa nacional, observando las exigencias de los países importadores en el marco del comercio internacional de dichos productos.

Que la observancia de las normas internacionales por parte de cada Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONFP) comprende el cumplimiento de estándares regionales y de Normas Internacionales en Materia Fitosanitaria (NIMFs), aprobadas por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF).

Que por la Ley Nº 23.961, la REPUBLICA ARGENTINA aprobó el Convenio sobre la constitución del COMITE REGIONAL DE SANIDAD VEGETAL (COSAVE), siendo una organización inspirada en el objetivo principal de coordinar e incrementar la capacidad regional de prevenir, disminuir y evitar los impactos y riesgos de los problemas que afectan a la producción y comercialización de los productos agrícolas y forestales de la región.

Que la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria establece, para las Partes contratantes, el compromiso de constituir Organizaciones Regionales de cooperación, coordinación e intercambio de experiencias en materia de Protección Fitosanitaria.

Que por la Ley Nº 24.425, se ratificó el Acta Final en la que se incorporan los resultados de la Ronda de Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales; las Decisiones, Declaraciones y Entendimientos Ministeriales y el Acuerdo de Marrakech y sus CUATRO (4) Anexos, por el que se establece la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC).

Que el Acuerdo de Marrakech, recepta en su Anexo 1A. Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio de Mercancías, y recepta e incluye asimismo el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo MSF).

Que el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias fue incorporado al acervo normativo del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) a través de la Decisión Nº 6 del 17 de diciembre de 1996 del Consejo del Mercado Común.

Que el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias exige que las medidas fitosanitarias estén basadas en las normas, directrices y recomendaciones internacionales elaboradas bajo los auspicios de la Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) en colaboración con las organizaciones regionales que operan en el marco de dicha Convención Internacional.

Que por la Ley Nº 25.218, la REPUBLICA ARGENTINA aprobó la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, uno de cuyos propósitos consiste en “…actuar eficaz y conjuntamente para prevenir la diseminación e introducción de plagas de plantas y productos vegetales y de promover medidas apropiadas para combatirlas...”.

Que el COSAVE se encuentra autorizado por su convenio constitutivo a participar como organismo regional en la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria.

Que de la participación en el COSAVE surgió, precisamente, el Estándar Regional de Protección Fitosanitaria 3.15., de octubre de 2003 “Requisitos fitosanitarios armonizados por categoría de riesgo para el ingreso de productos vegetales”, que fue un elemento precursor para facilitar el comercio regional de productos de origen vegetal teniendo en cuenta el riesgo fitosanitario de estos, en función del grado de procesamiento y...

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