5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Diciembre de 2023
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 65
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
5a
MUNICIPALIDAD CORRAL DE BUSTOS - IFFLINGER
Licitación Pública ....................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD SAN FRANCISCO
Concurso Público De Precios Nº 1/2023 ................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD MINA CLAVERO
Decreto Nº 073/2023 ...............................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD VILLA TULUMBA
Decreto Nº12/2023 ..................................................................Pag. 3
MUNICIPALIDAD PIQUILLÍN
Decreto Nº 078-2023. .............................................................Pag. 4
MUNICIPALIDAD LUQUE
Decreto Nro 035-2023 .............................................................Pag. 5
MUNICIPALIDAD BALLESTEROS SUD
Decreto N° 13/2023 .................................................................Pag. 6
MUNICIPALIDAD MORRISON
Decreto N° 18/2023 .................................................................Pag. 6
MUNICIPALIDAD GUATIMOZIN
Decreto Nº05/2023 .................................................................Pag. 7
MUNICIPALIDAD CHILIBROSTE
Decreto Municipal Nº 04 /2023 ...............................................Pag. 8
Continúa en Pag. 2
MUNICIPALIDAD
CORRAL DE BUSTOS - IFFLINGER
LICITACIÓN PÚBLICA
La Municipalidad de Corral de Bustos – Ifflinger LLAMA a LICITACIÓN PÚ-
BLICA para la “Construcción de dos aulas, preceptoría, depósito y galería
de vinculación” en el IPET Nº 47 Norberto J. Quadri de esa ciudad,, con-
forme al Pliego de Bases y Condiciones respectivo. Apertura de Sobres;
JUEVES VEINTE (20) de ABRIL de 2023, a las DIEZ (10.00) horas en
la Secretaría de Gobierno Municipal. Presupuesto Ocial: $16.560.000,00,
IVA incluido. Los Pliegos son gratuitos y se encuentran disponibles en el
Portal de Transparencia (Licitaciones y Concursos de Precios) de la página
web del Municipio www.corraldebustos.gob.ar.-
3 días - Nº 445661 - $ 2772 - 11/04/2023 - BOE
MUNICIPALIDAD
SAN FRANCISCO
Concurso Público de Precios Nº 1/2023
FECHA DE APERTURA: 21 DE ABRIL DE 2023 Decreto Nº 98/23- Expte.:
143596 Llámese a Concurso Público para la Adquisición de un grupo elec-
trógeno de 550 KVA destinado a la Planta distribuidora de agua potable.”
Presupuesto Ocial: $ 31.512.363,00 Pliego de Condiciones:$ 1.000,00
Sellado Municipal: $ 31.512,00 Informes: Secretaría de Infraestructura -
T.E.: (03564) 439150 (Néstor Gómez – Ing. Germán Tarallo) Retiro de Plie-
gos: desde el 4 al 20 de abril de 2023 inclusive. Presentación de Ofertas:
Secretaría de Economía hasta el día 21 de abril de 2023 a las 10:00 hs.
Publicar días: 3, 4 y 5 de abril de 2023 en Diario La Voz de San Justo y en
Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba.
3 días - Nº 445297 - $ 3780,30 - 05/04/2023 - BOE
MUNICIPALIDAD
MINA CLAVERO
DECRETO Nº 073/2023
VISTO: El vencimiento del mandato conferido a las actuales autoridades muni-
cipales y el dictado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba del Decre-
to Nº 320/2023, de fecha 20/03/2023, publicado en el B.O.E el día 21/03/2023;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo establecido por los artículos 13º, 39º y 78º y
concordantes de la Ley Nº 8102, los miembros del Concejo Deliberante, el
Intendente y los miembros del Tribunal de Cuentas duran cuatro (4) años
en sus funciones.
Que dicho periodo, en lo que hace a la actual administración municipal,
naliza el día 10 de Diciembre de 2023.
Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal convocar a
elecciones municipales según lo prescripto en el artículo 49 (inciso 4º) de
la citada Ley Orgánica Municipal.
Que las elecciones ordinarias para la renovación de autoridades mu-
nicipales, conforme lo prescribe el artículo 143 de la Ley Nº 8102 (según
texto vigente establecido por la Ley Nº 10.407) “las elecciones ordinarias
para la renovación de autoridades municipales regidas por la presente Ley,
tendrán lugar en el plazo comprendido entre los treinta (30) días anteriores
y los treinta (30) días posteriores a la fecha jada por el Poder Ejecutivo
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 65
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
5a
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
Provincial para las elecciones de Gobernador, Legisladores y Tribunos de
Cuentas de la Provincia, pudiendo también ser convocadas en la misma
fecha dispuesta por el Poder Ejecutivo Provincial”.
Que el Poder Ejecutivo de la Provincia mediante Decreto Nº 320/2023
de fecha 20 de marzo del corriente año ha jado el día 25 de junio de 2023
para realizar las elecciones generales con el objeto de seleccionar Gober-
nador, Vicegobernador, Legisladores Provinciales y Miembros del Tribunal
de Cuentas de la Provincia.
Que teniendo en vista una política de optimización y racionalización de
los recursos genuinos con que cuenta la administración municipal, este De-
partamento Ejecutivo estima que resulta oportuno y conveniente adherir a
los términos del referido Decreto Nº 320/2023, y disponer que la elección
municipal se realice en forma simultánea – el día Domingo 25 de junio de
2023 - con la que se ha convocado en el ámbito provincial, evitando – de esa
forma - una innecesaria e inconveniente duplicidad de actos eleccionarios.
Que, a mayor abundamiento, cabe destacar que, a más del texto expre-
so del artículo 143 de la Ley Nº 8102 precitado, también resultan aplicables
tanto la Ley Nº 15.262, su Decreto Reglamentario Nº 17265/59 cuanto el Có-
digo Electoral Provincial (Ley Nº 9571), normas complementarias que permi-
ten adherir a la fecha de convocatoria provincial y declarar la simultaneidad
de ambas elecciones, a los nes de establecer la normativa aplicable.
Que, en el supuesto de simultaneidad de elecciones, como la que aquí
se declara, es necesario señalar que solo corresponderá a la Junta Electoral
Municipal entender la ocialización de la lista de candidatos a cargos electivos
del municipio, distribución de las representaciones, proclamación de los electos
y en toda otra cuestión que se suscite con relación a estos aspectos, debiendo
ser ejercida las demás atribuciones por la justicia electoral provincial.
Que, sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo precedente, debe pre-
verse la competencia de la Junta Electoral Municipal en la confección de
los padrones electorales previstos del artículo 129 de la Ley 8102, es decir
en el padrón de extranjeros, ya que los demás electores estarán incluidos
en el padrón que proporcione la Justicia provincial.
Que de los artículos 9 (Inciso Nº 1), 12, 39, 37 y concordantes de la
citada Ley nº 8102 (Orgánica Municipal), resulta que el Gobierno y Ad-
ministración de nuestra Municipalidad estará a cargo de un Intendente
Municipal, elegido por simple pluralidad de sufragios, y por un Concejo
Deliberante compuesto por siete (7) miembros, elegidos directamente por
el cuerpo electoral de los ciudadanos del este Municipio, considerando lo
prescripto por las normas referidas.
Que por otra parte, el Municipio debe contar con un Tribunal de Cuen-
tas, formado por tres (3) miembros elegidos en forma directa por el cuerpo
electoral en época de renovación ordinaria de las autoridades municipales,
correspondiendo dos (2) miembros al partido que obtenga mayor cantidad
de votos y uno (1) al que le siga en el resultado de la elección, eligiéndose
– en el mismo acto - igual cantidad de suplentes, conforme a lo prescripto
por el artículo 78 de la referidas Ley Orgánica Municipal.
Por todo lo expuesto y lo dispuesto por el articulo 49 (inciso 4) de la Ley
Nº 8102, sus modicatorias y concordantes, en ejercicio de sus atribucio-
nes legales;
EL INTENDENTE DE MINA CLAVERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A:
Art. 1°) CONVOCASE al cuerpo electoral de la Localidad de Mina Cla-
vero a los nes de seleccionar Intendente Municipal, siete (7) miembros
titulares del Concejo Deliberante y siete (7) suplentes, así como tres (3)
miembros titulares del Tribunal de Cuentas y tres (3) suplentes y, en conse-
cuencia, FIJASE el día 25 junio de 2023 –entre las 8 y 18 horas- para que
tenga lugar la elección municipal.
Art. 2º) ESTABLECESE que la elección de Intendente Municipal se
regirá por el sistema previsto en el artículo 39 (1ª parte), concordante, y
que la distribución y adjudicación de las bancas en el Concejo Deliberante
se realizara de conformidad a lo prescripto en el artículo 137, concordantes,
ambos de la Ley Nº 8102.
Art. 3º) ESTABLECESE que la representación en el Tribunal de Cuen-
tas Municipal será de dos (2) miembros por el partido que obtenga la mayor
cantidad de votos y uno (1) por el que le siga en el resultado de las elec-
ciones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78, concordantes, de
la Ley Orgánica Municipal.
Art. 4º) EXPRESASE la adhesión a los términos y contenido del De-
creto Provincial Nº 320/2023, de fecha 20 de marzo de 2023 y, en con-
secuencia DECLARESE la simultaneidad de la elección municipal con la
convocatoria efectuada por el Poder Ejecutivo para seleccionar Legisla-
dores Provinciales, Gobernador, Vicegobernador y Miembros del Tribunal
de Cuentas de la Provincia en los términos de las Ley Nº 9571, normas
complementarias, modicatorias y concordantes que resulten aplicables.
Art. 5º) COMUNIQUESE la adhesión formalizada en el artículo prece-
dente del presente decreto al Ministerio de Gobierno de la Provincia.
Viene de Pag. 1
MUNICIPALIDAD SARMIENTO
Ordenanza N° 578/2022 ..........................................................Pag. 9
Ordenanza N.º 579/2022 .........................................................Pag. 9
Ordenanza Nº 580/2022 ..........................................................Pag. 10
Ordenanza Nº: 581/2022 .........................................................Pag. 10
Ordenanza N° 582/2022 ..........................................................Pag. 10
MUNICIPALIDAD VILLA RUMIPAL
Decreto N° 35-P-23 ................................................................Pag. 11
COMUNA LAS PALMAS
Resolución Nº 06/2023 ............................................................ Pag. 12
COMUNA DE VILLA DE POCHO
Resolución Nº 10/2023 ............................................................ Pag. 13
COMUNA TALA CAÑADA
Resolución Nº 001 .................................................................. Pag. 14
COMUNA SAN JERÓNIMO
Resolución Nº 001 ................................................................... Pag.5
MUNICIPALIDAD EMBALSE
Notificación .............................................................................. Pag. 17
Notificación .............................................................................. Pag. 17
Notificación ..............................................................................Pag. 17
Notificación ..............................................................................Pag. 17

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