5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor28 de Octubre de 2023
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCIII - Nº 137
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinoficial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
5a
MUNICIPALIDAD VILLA YACANTO
Ordenanza Municipal Nº1013/2023. .....................................Pag. 1
Ordenanza Municipal Nº1014/2023 .....................................Pag. 2
MUNICIPALIDAD SINSACATE
Decreto 2021/2023 ..............................................................Pag. 2
Ordenanza Nº 1233/2023 ......................................................Pag. 3
Ordenanza 1234/223 .............................................................Pag. 3
Ordenanza Nº 1231 / 2023 ...................................................Pag. 4
MUNICIPALIDAD EMBALSE
Notificación ............................................................................Pag. 4
MUNICIPALIDAD
VILLA YACANTO
ORDENANZA MUNICIPAL Nº1013/2023.
VISTO El tratamiento del Proyecto de Ordenanza titulado “Readecuación
de Escalafón y Categorías del Personal Municipal Contratados.”
Y CONSIDERANDO
Que siguiendo la propuesta de regulación escalafonaria y de movilidad
de las categorizaciones para adecuar al personal de planta de contratados
de acuerdo a lo indicado en el artículo 11° segunda parte de la Ordenan-
za Municipal N°1012/2023 que sanciona el nuevo Estatuto del Empleado
Municipal, toda vez que el personal abocado a las diferentes funciones y
actividades de la administración pública municipal se encuentren vincula-
dos bajo un sistema contractual deferente al normalizado, no obstante ello,
el marco vinculante refiere a las situaciones y características que según
las necesidades del servicio demandaba su contratación y que en virtud
de la sanción de este estatuto corresponde valorar su inclusión laboral en
el ámbito público de manera normalizada y dejando en claro los alcances
que cada agente municipal tiene por derecho propio; entendiendo que es
un acto de justicia social poder brindarles a estos compañeros de la acti-
vidad pública las reivindicaciones al compromiso puesto de manifiesto a lo
largo de estos años, brindando lo mejor de sí en beneficio de los vecinos
de nuestra Comunidad;
Que la administración municipal ha valorado distintas determinacio-
nes respecto al perfil de cada uno de los agentes municipales, siendo la
principal referencia: la antigüedad en la permanencia de la función pública
y cargos que le fueran oportunamente encomendados, en procura de la
conformación del marco escalafonario, siguiendo las pautas que se corres-
ponden, con la movilidad de las categorías del espectro municipal;
Que siguiendo con la toma de pautas resolutorias que pretenden forta-
lecer el compromiso laboral que han demostrado a lo largo de este tiempo
cada uno de los que componen el numerario municipal, se ha sostenido
dentro del análisis administrativo y político, aquellas valoraciones que re-
saltan las acciones y voluntades, en donde el compromiso social y el per-
tinente desarrollo productivo han favorecido plenamente al servicio público
municipal, trascendiendo todas las premisas pretendidas por la administra-
ción, generando en el capital humano todos los recaudos pertinentes que
para la función pública les fuera requerida;
Que el trabajo de comisión legislativa más las compulsas administra-
tivas ha proporcionado una herramienta que se ajusta a las necesidades
actuales y que contiene los derechos, las obligaciones y las garantías que
todo trabajador se ha ganado con justa causa a lo largo de estos años
vividos en democracia;
Que se ha tenido en cuenta la distribución escalafonaria y movilidad de
categorías en cada uno de los integrantes de la planta de contratados de
este municipio, las cuales se deberán ajustar a las exigencias estatutarias
de acuerdo a la organicidad, y sapiencia laboral.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1ro. DETERMINASE el escalafón y las categorías para el
personal municipal correspondiente a planta de contratados que se detalla
en el cuadro que se anexa como parte integrante de la presente ordenan-
za; y que se corresponden a lo dispuesto en el artículo 11° segunda parte
de la Ordenanza Municipal N°1012/2023 “Estatuto del Empleado Munici-
pal”, indicando escalafón de pertenencia y categoría alcanzada por cada
agente municipal.
ARTÍCULO 2do. DISPÓNGASE lo necesario para que las áreas ad-
ministrativas correspondientes tomen conocimiento y procedan en conse-
cuencia, incluso el marco de sus derechos, obligaciones y garantías labo-
rales que disponen la universalidad de los agentes municipales indicados
en el cuadro anexo citado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3ro. DÉSE copia la presente al Honorable Tribunal de
Cuentas de Villa Yacanto, para su conocimiento y efectos que estime co-
rresponder.
ARTÍCULO 5to. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE AL REGIS-
TRO MUNICIPAL Y ARCHIVESE.
Dada en la Sala de Sesiones del HCD de Villa Yacanto en Sesión Ordinaria
correspondiente a la fecha 13 de julio de 2023, Acta N° 12/2023.
Fdo por Sonia Acosta Presidenta, Claudia Escalante Secretaria, Promulga-
da por Decreto Nº35/2023.Fdo por Oscar Musumeci Intendente, Juan Pa-
blo Perucca Secretario de Gobierno y Asuntos Vecinales, Susana Palacios
Secretaria de Economía y Finanzas.
ANEXO
1 día - Nº 467971 - s/c - 26/07/2023 - BOE

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