5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor11 de Octubre de 2023
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LUNES 10 DE ABRIL DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 66
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
5a
MUNICIPALIDAD CORRAL DE BUSTOS - IFFLINGER
Licitación Pública ....................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD LAS VARILLAS
Licitación Pública .................................................................... Pag. 1
MUNICIPALIDAD BIALET MASSE
Decreto Nº 50/2023 .................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD VILLA TULUMBA
Decreto Nº12/2023 ..................................................................Pag. 3
MUNICIPALIDAD PIQUILLÍN
Decreto Nº 078-2023. .............................................................Pag. 4
COMUNA LOS TALARES
Resolucion N° 06./23 .............................................................. Pag. 4
MUNICIPALIDAD BALLESTEROS SUD
Decreto N° 13/2023 .................................................................Pag. 5
MUNICIPALIDAD MORRISON
Decreto N° 18/2023 .................................................................Pag. 6
MUNICIPALIDAD CARRILOBO
Decreto N° 027/2023 ...............................................................Pag. 6
Decreto N° 028/2023 ...............................................................Pag. 6
MUNICIPALIDAD MONTE DE LOS GAUCHOS
Decreto Nº 083/2023 ...............................................................Pag. 7
Continúa en Pag. 2
MUNICIPALIDAD
CORRAL DE BUSTOS - IFFLINGER
LICITACIÓN PÚBLICA
La Municipalidad de Corral de Bustos – Ifflinger LLAMA a LICITACIÓN PÚ-
BLICA para la “Construcción de dos aulas, preceptoría, depósito y galería
de vinculación” en el IPET Nº 47 Norberto J. Quadri de esa ciudad,, con-
forme al Pliego de Bases y Condiciones respectivo. Apertura de Sobres;
JUEVES VEINTE (20) de ABRIL de 2023, a las DIEZ (10.00) horas en
la Secretaría de Gobierno Municipal. Presupuesto Ocial: $16.560.000,00,
IVA incluido. Los Pliegos son gratuitos y se encuentran disponibles en el
Portal de Transparencia (Licitaciones y Concursos de Precios) de la página
web del Municipio www.corraldebustos.gob.ar.-
3 días - Nº 445661 - $ 2772 - 11/04/2023 - BOE
MUNICIPALIDAD
LAS VARILLAS
Licitación Pública
PRÓRROGA - En el marco del llamado a Licitación Pública para la
provisión de materiales y mano de obra para la “OBRA DE RESTAU-
RACIÓN DE LA 1° OBRA INSTITUCIONAL DEL ING. ARQ. FRANCIS-
CO SALAMONE EN LA CIUDAD DE LAS VARILLAS ORDENANZA N°
04/2023- EXPTE. INTERNO N° 39/2023 DE LA S.PU.A.O.Y S.P., la Mu-
nicipalidad de Las Varillas, mediante Decreto del P.E.M n° 330/2023 de
fecha 05/04/23, dispone como fecha de presentación de las propuestas
ante mesa de entrada de la Municipalidad de Las Varillas, sito en calle
Sarmiento 89 de Las Varillas, hasta las diez horas (10hs) del día 21
DE ABRIL DE 2023. La apertura de los sobres se realizará el día 21
DE ABRIL DE 2023, inmediatamente después de finalizado el plazo de
presentación de propuestas, en la sala de Reuniones del Palacio Muni-
cipal en calle Sarmiento 89 de Las Varillas. La visita al sitio de obra se
podrá realizar hasta el día 17 DE ABRIL DE 2023. La empresa intere-
sada deberá acordar día y horario con la Sec. de Planeamiento Urbano
Ambiental Obras y Servicios Públicos. Para ello y ante cualquier otra
consulta, dirigirse al email: planeamientolamunilv@gmail.com. LAS VA-
RILLAS, 10 de ABRIL de 2023.
1 día - Nº 446532 - $ 1931,60 - 10/04/2023 - BOE
MUNICIPALIDAD
BIALET MASSE
DECRETO Nº 50/2023
Bialet Massé, 3 de abril de 2023.-
VISTO: El vencimiento del mandato conferido a las actuales autoridades
municipales y el dictado del Decreto N° 320/2023 por el Poder Ejecutivo
de la Provincia. –
Y CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo establecido por los Artículos 13°, 39° 78° y
concordantes de la Ley Nº 8.102, los miembros del Concejo Deliberante, el
Intendente y los miembros del Tribunal de Cuentas, duran cuatro (4) años
en sus funciones. -
QUE es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal convocar a
elecciones municipales según lo prescripto en el Artículo 49º, Inciso 4, de
2
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCX - Nº 66
CORDOBA, (R.A.) LUNES 10 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS
5a
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
la citada Ley Orgánica Municipal. -
QUE dicho período, en lo que hace a la actual administración munici-
pal, naliza el día 10 de Diciembre de 2023. -
QUE el Poder Ejecutivo de la Provincia mediante Decreto N° 320, de
fecha 20 de Marzo de 2023 ha jado el día 25 de Junio del corriente año
para realizar las elecciones generales a los nes de seleccionar Legislado-
res Provinciales, Gobernador, Vicegobernador y Miembros del Tribunal de
Cuentas de la Provincia. -
QUE el Artículo 143º de la Ley Nº 8.102, establece las fechas de las
elecciones ordinarias para la renovación de las autoridades municipales,
las que deben tener lugar en el plazo comprendido entre los treinta (30)
días anteriores y los treinta (30) días posteriores de la fecha jada por el
Poder Ejecutivo Provincial para las elecciones de autoridades provinciales.
QUE la convocatoria a elecciones municipales para la renovación de
autoridades, conforme lo establece el art. 8 de la Ordenanza Municipal Nº
664/2003 de fecha 01 de Julio de 2003, deberá realizarse con al menos
sesenta (60) días de anticipación al acto electoral. -
QUE de los Artículos 9º, (Inciso 1), 12º, 39º, 137º y concordantes de
la citada Ley Nº 8.102, resulta que el Gobierno y Administración de nues-
tra Municipalidad estará a cargo de un Intendente Municipal, elegido por
simple pluralidad de sufragios y por un Concejo Deliberante compuesto de
siete (7) miembros, elegidos directamente por el cuerpo electoral de los
ciudadanos de este Municipio, considerando lo prescripto por las normas
referidas y los datos del último censo ocial. -
QUE, por otra parte, el Municipio debe contar con un Tribunal de Cuen-
tas, formado por tres (3) miembros elegidos en forma directa por el cuerpo
electoral en época de renovación ordinaria de las autoridades municipales,
correspondiendo dos (2) miembros al partido que obtenga mayor cantidad
de votos y uno (1) al que le siga en el resultado de la elección, de confor-
midad a lo prescripto por el Artículo 78º y concordantes de la referida Ley
Orgánica Municipal Nº 8.102. -
POR TODO ELLO;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BIALET MASSE
DECRETA
ARTÍCULO 1º: CONVÓCASE al electorado de la localidad de Bialet
Massé, Departamento Punilla, a los nes de seleccionar Intendente
Municipal, siete (7) miembros titulares del Concejo Deliberante y siete (7)
suplentes, así como tres (3) miembros titulares del Tribunal de Cuentas y
tres (3) suplentes y en consecuencia, FÍJASE el día 04 de Junio de 2023,
entre las 08.00 y 18.00 horas, para que tenga lugar la elección municipal. -
ARTÍCULO 2°: ESTABLÉCESE que la elección de Intendente Muni-
cipal se regirá por el sistema previsto en el Artículo 39 (1º parte), concor-
dantes y que la distribución y adjudicación de las bancas en el Concejo
Deliberante se realizará de conformidad a lo prescripto en el Artículo 137º,
concordantes, ambos de la Ley Nº 8.102. -
ARTÍCULO 3°: ESTABLÉCESE que la representación en el Tribunal de
Cuentas Municipal será de dos (2) miembros por el partido que obtenga la
mayor cantidad de votos y uno (1) por el que le siga en el resultado de las
elecciones, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 78º, concordantes,
de la Ley Orgánica Municipal. -
ARTÍCULO 4°: ESTABLÉCESE que en la elección municipal para re-
novar autoridades podrán votar los electores que correspondan al CIR-
CUITO N° 147, denominado BIALET MASSE (SECCIÓN ELECTORAL 12
- PUNILLA), según Registro Nacional y/o Provincial de Electores. -
ARTÍCULO 5°: A los nes de garantizar la participación equivalente de
géneros, se deberá observar lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 8.901.
ARTÍCULO 6°: A los nes del desarrollo del proceso Electoral es de
aplicación la Ordenanza Municipal Nº 664/2003 de fecha 01 de Julio de
2003 y sus modicatorias, siendo de aplicación supletoria la Ley 9571,
Código Electoral Provincial.
ARTÍCULO 7°: A los nes del Cuerpo de Electores es de aplicación el
art. 129 de la ley 8102.
ARTÍCULO 8º: El presente instrumento será refrendado por la Secreta-
ria de Gobierno,Economía y Finananzas, Fabiana Alejandra Carrizo, D.N.I
N° 21.520.010. -
ARTÍCULO 9°: PROTOCOLÍCESE, Comuníquese a la Junta Electoral
Municipal, Dese copia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Cór-
doba, Publíquese en el Boletín Informativo Municipal y Archívese. - Fdo.:
OLIVA, Marcelo Intendente; CARRIZO, Fabiana, Secretaria de Gobierno,
Economía y Finanzas.
ANEXO
1 día - Nº 446446 - s/c - 10/04/2023 - BOE
Viene de Pag. 1
MUNICIPALIDAD SALSACATE
Decreto N°: 31/23 ....................................................................Pag. 8
MUNICIPALIDAD GENERAL LEVALLE
Decreto Nº 48/2023 .................................................................Pag. 9
COMUNA LAS PALMAS
Resolución Nº 06/2023 ............................................................ Pag. 10
MUNICIPALIDAD SARMIENTO
Ordenanza Nº 589/2022 ..........................................................Pag. 11
Ordenanza N° 588/2022 ..........................................................Pag. 11
Ordenanza Nº 587/2022 ..........................................................Pag. 12
Ordenanza N° 586/2022 ..........................................................Pag. 12
Ordenanza Nº 591/2022 ..........................................................Pag. 12
Ordenanza N° 590/2022 ..........................................................Pag. 13
MUNICIPALIDAD MALVINAS ARGENTINAS
Decreto No 519/2023 ..............................................................Pag. 14
MUNICIPALIDAD SAN JOSÉ
Decreto Nº 06/23 .....................................................................Pag. 15
MUNICIPALIDAD EMBALSE
Notificación .............................................................................. Pag. 16
Notificación ..............................................................................Pag. 16
Notificación ..............................................................................Pag. 16
Notificación .............................................................................. Pag. 16
Notificación .............................................................................. Pag. 17

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