5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Agosto de 2023
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
JUEVES 23 DE FEBRERO DE 2023
AÑO CX - TOMO DCXCVIII - Nº 37
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
5a
MUNICIPALIDAD CORRAL DE BUSTOS - IFFLINGER
Licitación Pública ......................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD BERROTARAN
Ordenanza 02/2023 ...................................................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD CHILIBROSTE
Resolución Enargas I/910 .........................................................Pag. 2
MUNICIPALIDAD LOS CÓNDORES
Resolución Enargas I/910 - ......................................................Pag. 4
MUNICIPALIDAD GENERAL DEHEZA
Decreto Nº “A” N° 1/2023 ........................................................Pag. 7
MUNICIPALIDAD
CORRAL DE BUSTOS - IFFLINGER
LICITACIÓN PÚBLICA
La Municipalidad de Corral de Bustos – Ifflinger LLAMA a LICITACIÓN PÚBLI-
CA a los efectos de la Adquisición de CUATROCIENTOS (400) ARTEFACTOS
DE ILUMINACIÓN LED, para las calles de la ciudad de Corral de Bustos –
Ifflinger, en el marco del PROGRAMA “CORRAL ILUMINA, conforme al Pliego
de Bases y Condiciones respectivo. Apertura de Sobres; martes SIETE (07)
de MARZO de 2023, a las DIEZ (10.00) horas en la Secretaría de Economía
Municipal. Presupuesto Ocial: $15.200.000,00. Los Pliegos son gratuitos y se
encuentran disponibles en el Portal de Transparencia (Licitaciones y Concursos
de Precios) de la página web del Municipio www.corraldebustos.gob.ar.-
5 días - Nº 436055 - $ 4900 - 28/02/2023 - BOE
MUNICIPALIDAD
BERROTARAN
ORDENANZA 02/2023
VISTOS: La “ADENDA A LOS CONVENIOS DE FINANCIAMIENTO PARA
LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS PROGRAMA VIVIENDA SEMILLA
(DECRETO Nº 993/21, Y DECRETO Nº 1455/22” de fecha 14 de noviem-
bre de dos mil veintidós. La “ADENDA A LOS CONVENIOS DE FINAN-
CIAMIENTO PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS DECRETO Nº
373/22, Y DECRETO Nº 1455/22” de fecha 14 de noviembre de dos mil
veintidós.
La “ADENDA A LOS CONVENIOS DE FINANCIAMIENTO PARA LA
CONSTRUCCION DE VIVIENDAS DECRETO Nº 373/22, - MODIFICADO
POR EL DECRETO Nº 822/22 Y Decreto Nº 1455/22” de fecha 14 de no-
viembre de dos mil veintidós.
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario raticar las adendas “UVIs”, por parte del Conce-
jo Deliberante local para efectivizar el crédito,
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BERROTARAN
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA 02/2023
Artículo 1°.- RATIFICASE la Adenda a los “Convenios De Financia-
miento Para La Construcción De Viviendas, Decreto N°373/22 -Modicado
Por Decreto N°822/22 Y Decreto N°1455/22”, celebrado entre la Munici-
palidad de Berrotarán y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la
Economía Familiar de la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa
10000 Viviendas – Línea Vivienda Semilla Municipios”, creada por Decreto
N°373/22 y modicatorios del Poder Ejecutivo Provincial, celebrada con
fecha 14 noviembre 2022, con el objetivo de disminuir el décit habitacional
de las familias más vulnerables que se encuentren ubicados en la locali-
dad de Berrotarán, ofreciéndoles la oportunidad de acceder a la vivienda
social, con esfuerzo propio y ayuda mutua y/o con la colaboración y coo-
peración de los estados municipales y comunales, el que como Anexo uno
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- RATIFICASE la Adenda a los “Convenios De Finan-
ciamiento Para La Construcción De Viviendas, Decreto N°373/22 Y
Decreto N°1455/22., celebrado entre la Municipalidad de Berrotarán y
el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar de
la Provincia de Córdoba, en el marco del “Programa 10000 Viviendas
– Línea Vivienda Semilla Municipios”, creada por Decreto N°373/22 y
modificatorios del Poder Ejecutivo Provincial, celebrada con fecha 14
noviembre 2022, con el objetivo de disminuir el déficit habitacional de
las familias más vulnerables que se encuentren ubicados en la locali-
dad de Berrotarán ofreciéndoles la oportunidad de acceder a la vivien-
da social, con esfuerzo propio y ayuda mutua y/o con la colaboración
y cooperación de los estados municipales y comunales, el que como
Anexo dos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- RATIFICASE la Adenda a los “Convenios De Financia-
miento Para La Construcción De Viviendas Programa Vivienda Semilla

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