5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor24 de Junio de 2022
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LUNES 7 DE MARZO DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 49
CÓRDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
5a
MUNICIPALIDAD DE SAN FRANCISCO
Concurso Público de Precios Nº 1/2022 ............................. Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE VILLA TULUMBA
Odenanza N° 409/2022 ......................................................... Pag. 1
Odenanza N° 411/2021 ......................................................... Pag. 2
Odenanza N° 408/2022 ......................................................... Pag. 2
MUNICIPALIDAD DE CHILIBROSTE
Decreto Municipal Nº 10 /2021 ............................................. Pag. 2
Decreto Municipal Nº 11 /2021 ............................................. Pag. 3
Decreto Municipal Nº 12 /2021 ............................................. Pag. 3
Decreto Municipal Nº 13 /2021 ............................................. Pag. 3
Decreto Municipal Nº 14/2021 .............................................. Pag. 4
Decreto Municipal Nº 15 /2021 ............................................. Pag. 4
Decreto Municipal Nº 16 /2021 ............................................. Pag. 4
Decreto Municipal Nº 17 /2021 ............................................. Pag. 4
Decreto Municipal Nº 18 /2021 ............................................. Pag. 5
Decreto Municipal Nº 19 /2021 ............................................. Pag. 5
Decreto Municipal Nº 20 /2021 ............................................. Pag. 5
Decreto Municipal Nº 21 /2021 ............................................. Pag. 6
Decreto Municipal Nº 22 /2021 ............................................. Pag. 6
Decreto Municipal Nº 23 /2021 ............................................. Pag. 6
Decreto Municipal Nº 24/2021 .............................................. Pag. 7
Decreto Municipal Nº 25 /2021 ............................................. Pag. 7
MUNICIPALIDAD DE
SAN FRANCISCO
Concurso Público de Precios Nº 1/2022
FECHA DE APERTURA: 18 DE MARZO DE 2022
Decreto N° 042/22- Expte.: 135876
Llámese a Concurso Público para la Obra “Ensanche del pavimento de
hormigón en Av. Primeros Colonizadores, en el tramo comprendido entre
calle Los Cerezos y Av. de los Constituyentes”
Presupuesto Ocial: $ 14.176.900,00
Pliego de Condiciones:$ 1.000,00
Sellado Municipal: $ 14.176,90
Informes: Secretaría de Infraestructura - T.E.: (03564) 439147 (Dr. Néstor
Gómez – Ing. German Tarallo)
Retiro de Pliegos: desde el 7 al 17 de marzo de 2022 inclusive.
Presentación de Ofertas: Secretaría de Economía hasta el día 18 de marzo
de 2022 a las 10:00 hs. Publicar días: 4, 7 y 8 de marzo de 2022 en Diario
La Voz de San Justo y en Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba.
3 días - Nº 366655 - $ 2932,80 - 08/03/2022 - BOE
MUNICIPALIDAD DE
VILLA TULUMBA
ORDENANZA N°411/2021
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE VILLA
TULUMBA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: PROHÍBASE en el ámbito del radio Municipal de Villa Tu-
lumba el uso de bolsas de polietileno y todo otro material plástico conven-
cional, utilizadas y entregadas por supermercados, autoservicios, almace-
nes y comercios en general para transporte de productos o mercaderías.
Artículo 2º: Los titulares de los establecimientos comprendidos en el
Artículo 1 deberán eliminar el uso y/o entrega de bolsas en un plazo de
noventa (90) días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Los titulares de los establecimientos que comercialicen
productos comestibles podrán disponer para su venta o entrega gratuita las
bolsas reutilizables de red, tela, papel, etc. como reemplazo de las bolsas
plásticas tipo camiseta.
Artículo 4º: SANCIÓNESE todo incumplimiento a lo dispuesto por la
presente Ordenanza a los titulares del establecimiento en el que se veri-
que la infracción, con: a) Apercibimiento, que podrá ser aplicado una sola
vez al infractor. b) con multa equivalente entre un mínimo de cincuenta
a un máximo de trescientos cincuenta litros de nafta súper. En caso de
reincidencia, dicho monto podrá ser duplicado. c) Clausura temporaria del
establecimiento que no podrá exceder de un (1) mes. En todos los casos
conllevará el decomiso de las bolsas.
Artículo 5º: Los comercios deberán, en lugar visible para sus clientes
informar el momento en que dejarán de ofrecer las bolsas plásticas tipo
camiseta para contener y trasladar la mercadería.
Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal llevará adelante a
partir de la vigencia de la presente una campaña de difusión e información
a la población sobre la prohibición establecida en la presente Ordenanza y
la importancia e impacto en el medio ambiente.
Artículo 7º: La presente Ordenanza no será aplicable cuando por
cuestiones de asepsia las bolsas de polietileno y todo otro material plásti-
co convencional deban ser utilizadas para contener alimentos o insumos
húmedos elaborados o preelaborados y no resulte factible la utilización de

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