5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Agosto de 2021
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MARTES 3 DE AGOSTO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 158
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
5a
MUNICIPALIDAD DE RÍO TERCERO
Licitación Pública Nª 05/2021 ..............................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE CANALS
Concurso de Precios Privado ...............................................Pag. 1
MUNICIPALIDAD DE VILLA YACANTO
Ordenanza Municipal N° 935/2021 ......................................Pag. 1
Ordenanza Municipal N° 936/2021 ......................................Pag. 2
MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL TOTORAL
Ordenanza N° 15/2021 .........................................................Pag. 3
Decreto N° 54/2021 ..............................................................Pag. 3
Ordenanza N° 12/2021 .........................................................Pag. 4
Decreto N° 50/2021 ..............................................................Pag. 5
Decreto N° 53/2021 ..............................................................Pag. 5
Ordenanza N° 14/2021 .........................................................Pag. 5
COMUNA DE LAS RABONAS
Resolución N° 149/2021 .......................................................Pag. 6
Resolución N° 153/2021 .......................................................Pag. 6
MUNICIPALIDAD DE COSQUÍN
Remate .................................................................................Pag. 7
MUNICIPALIDAD DE
RÍO TERCERO
LICITACION PÚBLICA Nº 05/2021
LLAMADO A LICITACION PÚBLICA Nº 05/2021 OBJETO: “Finalización de
Centro Pediátrico Bario Acuña” VALOR DEL PLIEGO: $ 5.000.- (Pesos Cinco
Mil) PRESUPUESTO OFICIAL: $ 6.500.000.- (pesos seis millones quinientos
mil) con IVA incluido. VENTA DE LOS PLIEGOS: en Sección Compras de Lu-
nes a Viernes de 8:00 a 13:00 hs. hasta el día 10/08/2021 inclusive. FECHA
DEL ACTO DE APERTURA: 11/08/2021 a la hora 10:00 en el Palacio Municipal
y la recepción de los sobres tendrá lugar en mesa de entrada de Secretaría
de Gobierno y Asuntos Institucionales hasta el día establecido para el acto de
apertura, una hora antes.- Los gastos de publicidad serán canalizados por la
Secretaria de Economía Sección Compras.- CONSULTAS E INFORMES: En
Sección Compras y Suministros - Te. (03571) 421014 / 428959 - Int. 240/140 -
Domicilio: Alberdi y Alsina. – www.riotercero.gob.ar
2 días - Nº 326182 - $ 1458,80 - 03/08/2021 - BOE
MUNICIPALIDAD DE
CANALS
CONCURSO DE PRECIOS PRIVADO
DECRETO N° 443/2021 - “ADQUISICIÓN DE PALA MINI CARGADO-
RA. Consulta de Pliegos: Municipalidad de Canals – Buenos Aires
Nº 54, Canals, Córdoba, de lunes a viernes de 8,00 a 12,00 hs. días
hábiles antes de la fecha de apertura. Tel. 03463-420857/420072-
15401372. Apertura de sobres: El 12/08/2021 – 10:00 hs en la Mu-
nicipalidad de Canals. -
2 días - Nº 326500 - $ 600,30 - 04/08/2021 - BOE
MUNICIPALIDAD DE
VILLA YACANTO
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 935/2021
VISTO La advertencia de error de redacción y la necesidad de realizar
recticación de las ordenanzas Nº 857/2019 y 929/2021
Y CONSIDERANDO
Que por un error de redacción la ordenanza Nº 857/2019 tiene datos
que no corresponden, igual que la ordenanza municipal 929/2021, ya que
es una derivación de aquélla;
Que en ambas ordenanzas en su articulado se describe un lote de la
sección primera, pero la redacción expresa “sección segunda”, por lo que
debe corregirse para que la descripción del bien sea la correcta según
convenio suscripto y mencionado en la ordenanza 857/2019;
Que en el Artículo 2º de la Ordenanza 857/2019 se autoriza al Departa-
mento Ejecutivo Municipal a la suscripción de escrituras traslativas de dominio
de lotes recibidos en dación de pago, entre ellos el lote 5, mz 64, de la Sección
primera, el que mediante ordenanza 929/2021 se dispuso a favor del Centro de
Jubilados “Jóvenes Corazones” para la construcción de su sede;
Que es oportuno realizar la recticación correspondiente a todos los
efectos;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA YACANTO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

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