5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIÉRCOLES 2 DE AGOSTO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 149
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
MUNICIPALIDAD DE VILLA GENERAL BELGRANO
Ordenanza N° 1818/16...........................................................Pag. 01
Ordenanza N° 1819/16...........................................................Pag. 02
Ordenanza N° 1837/16...........................................................Pag. 03
Ordenanza N° 1838/16...........................................................Pag. 03
MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ
Ordenanza N° 751/17............................................................Pag. 03
MUNICIPALIDAD DE SANTA EUFEMIA
Ordenanza N° 751/17............................................................Pag. 04
Ordenanza N° 752/17............................................................Pag. 04
Ordenanza N° 753/17............................................................Pag. 05
MUNICIPALIDAD de
VILLA GENERAL BELGRANO
ORDENANZA 1818/16
FONDO OKTOBERFEST
VISTO: Que de forma anual se desarrolla en nuestra localidad la Fiesta
Nacional de la Cerveza y…
CONSIDERANDO:
Que el mencionado evento, de alcance nacional e internacional, tiene
una importancia cultural, turística y económica de signicativa relevancia
para Villa General Belgrano.
Que para la edición 2016 de la misma, se cuenta con un nuevo predio,
elegido el mismo por medio de una consulta popular.
Que de las deniciones surgidas en los encuentros de trabajo comuni-
tarios destinados al análisis de las características que debía tener el predio
y organización de la Fiesta Nacional de la Cerveza dentro del proceso
“Decisión Oktoberfest 2016”; surgía la necesidad de contar con la informa-
ción contable necesaria que permitiera transparentar todo lo referido a la
administración económica de la misma.
Que los hechos descriptos en los puntos anteriores, obligan a la ad-
ministración municipal a realizar una determinada cantidad de inversiones,
tanto en el acondicionamiento del inmueble sede de la esta, como en la
propia organización de la esta.
Que existe en la ordenanza Nº 1795/15, las partidas presupuestarias
con los saldos correspondientes a dicho evento.
Que a tales efectos, se ha juzgado pertinente la creación de un Fondo
de Asignación Especíca, denominado “Fiesta Nacional de la Cerveza”, en
el que conuyan diferentes formas de nanciamiento destinadas en forma
exclusiva a la preparación del predio y los gastos correspondientes a la
organización del evento aludido ut supra; es que…
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE VILLA GENERAL BELGRANO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1°) CREASE el Fondo de asignación especíca denominado “Fies-
ta Nacional de la Cerveza” destinándose las partidas presupuestarias exis-
tentes Nº 1.1.04.01.03 (egresos) y Nº 1.1.02.03.03 (ingresos) para la imputa-
ción de los registros contables del mismo, y cuyo objeto será nanciar las
inversiones necesarias a realizar en el predio en donde ha de desarrollarse
el evento, de acuerdo a lo planicado por el Departamento Ejecutivo, y
atender a los gastos de organización del mismo.
Art. 2°) ESTABLÉZCASE que el mencionado fondo estará compuesto
por las siguientes fuentes de nanciamiento:
1) Fondos de rentas generales que el Departamento Ejecutivo dis-
ponga mediante el dictado de un Decreto.
2) Lo producido por el arrendamiento y/o concesiones de espacios
destinados al desarrollo de actividades comerciales en el predio don-
de se ha de desarrollar el mencionado evento.
3) Contratos que el Departamento Ejecutivo celebre con entidades
nancieras y/o particulares con el objeto de realizar la obra pública
que el evento “Fiesta de la Cerveza” pueda requerir de este fondo.
4) Producido por la venta de entradas al público en general cuyos
montos determinara el DEM mediante el decreto correspondiente.
5) Los ingresos por auspicios y/o sponsorizacion del evento.
6) Donaciones.
7) Todo otro ingreso relacionado al evento.
Art. 3°) AUTORICESE al Departamento Ejecutivo, a los efectos co-
rrespondientes al Artículo Segundo de la presente ordenanza, a contraer
crédito por hasta la suma total de capital e intereses de Pesos Tres Millones
($3.000.000,00) destinado a nutrir el fondo creado mediante la presente y
dirigido a la realización de la obra pública y de infraestructura en el predio
e inmediaciones del mismo destinado a la realización de la Fiesta de la
Cerveza.
Art. 4°.)- AUTORICESE al Departamento Ejecutivo, a los efectos co-
rrespondientes al Artículo Segundo de la presente ordenanza, a celebrar
los contratos de arrendamiento y/o concesión de espacios destinados al
desarrollo de actividades comerciales en el predio donde se ha de desa-
rrollar el mencionado evento, debiendo establecer y publicar previamente
el DEM las bases y condiciones establecidas en cada rubro y/o categoría.
Al mismo efecto se autoriza la aceptación de las donaciones.
Art. 5º) AUTORICESE al DEM a la apertura de la cuenta bancaria con
afectación especíca, denominada “Municipalidad de Villa General Belgra-
no-Fondo Fiesta Nacional de la Cerveza”, a los nes de la administración
de los recursos mencionados en el Artículo Segundo de la presente Orde-
nanza.

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