5º Sección: Municipalidades y Comunas: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2017
SUMARIO
SECCION
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
MIERCOLES 1 DE MARZO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 41
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y
OTRAS DE MUNICIPALIDADES
Y COMUNAS
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
5a
COMUNA DE LAS PLAYAS
Resolución Nro. 016/2016 .......................................................Pag. 1
COMUNA DE LAS PLAYAS
RESOLUCION NUMERO:016/2016
Las Playas, 29 de diciembre de 2016.-
VISTO:
la necesidad de esta Comuna de contar con servicios profesionales en
diversas áreas .-
Y CONSIDERANDO:
Que la Comuna a n de cubrir necesidades especicas a lo largo de
las gestiones ha efectuado contrataciones de profesionales a los nes de
prestar servicios determinados.-
Que, estos servicios son de diversa índole, esto es asesoramiento con-
table, jurídico, servicios médicos, de bromatología, de odontología, etc.-
Que, estos servicios resultan de cabal importancia, tanto para la Co-
muna como Institución al igual que para cubrir necesidades especicas de
los habitantes de la misma.-
Que, es necesario contar con instrumento tendiente a lograr contrata-
ciones profesionales y en su caso para renovar las ya realizadas.-
Que, es por ello que dado el marco general para dichas contratacio-
nes, es igualmente necesario facultar a autoridad comunal a n de celebrar
los contratos que fueran necesarios y acordar modalidad de prestación,
plazo, monto, obligaciones, etc.-
Por ello y en base a las consideraciones precedentemente expuestas:
LA COMISION DE LA COMUNA DE LAS PLAYAS
R E S U E L V E
ARTICULO PRIMERO: Disponer la contratación de servicios profesiona-
les que fueran necesarios para la Comuna, entre ellos asesoramiento jurí-
dico, contable, medico, odontológico, bromatológico, como asimismo todo
otro que no este contemplado en este articulo y que fuere de necesidad
para la Comuna o sus habitantes, siempre que fuera posible materialmente
y dentro de las normas legales aplicables.-
ARTICULO SEGUNDO: Facultar al presidente Comunal de la Comuna de
Las Playas a realizar las contrataciones de servicios en el marco de la pre-
sente, autorizándolo a celebrar y rmar contratos, acordar montos, modo
de prestación, plazo contractual, como asimismo toda otra cuestión que
hagan a un el cumplimiento de los objetivos de la contratación, estando
facultado igualmente si así fuere conveniente a la renovación de contratos
existentes.-
ARTICULO TERCERO: El presente ordenamiento será aplicable para las
contrataciones de servicios profesionales a partir del presente año como
asimismo para años sucesivos si fuese menester, hasta tanto exista otra
disposición que disponga lo contrario.-
ARTICULO CUARTO: Publíquese, Comuníquese, remítase, dese al regis-
tro de la Comuna, cumplido archívese.-
FDO: VICTOR MANUEL ARCHILLA- PTE. COMUNAL – NICOLASA
BEATRIZ ROMERO- TESORERA.-
1 día - Nº 89443 - s/c - 02/03/2017 - BOE
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
Boletín Of‌icial de la Provincia de Córdoba
- Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 4342126 / 27
BOE - Tel. (0351) 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Responsable: LILIANA LOPEZ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR