Resolución Nº 263/2014

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición24 de Febrero de 2014



MINISTERIO DE SALUD

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

ResoluciónNº 263/2014Bs. As., 24/2/2014

VISTO el Expediente Nº 246.389/2013 del registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, la Ley 24.449, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente del VISTO tramita el Convenio de Cooperación celebrado entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, cuyo objeto consiste en profundizar la colaboración mutua entre las partes, tendientes a impulsar en forma conjunta políticas e instrumentos necesarios para la mejora en el recupero de los costos incurridos en la atención de personas afectadas por accidentes de tránsito, por parte de los hospitales y/o centros de salud de carácter público.

Que los establecimientos de salud del ámbito público garantizan en todo el país la atención a todos los ciudadanos que lo requieran, sin diferenciación del tipo de cobertura que posean y por lo tanto surge como necesidad fortalecer políticas que disminuyan la brecha de los subsidios cruzados existentes entre los actores del sector salud.

Que en el marco de la función de rectoría del sistema sanitario argentino le corresponde al Ministerio de Salud impulsar el análisis de acciones que permitan mejorar los sistemas de recupero de costo de los distintos hospitales y/o centros de salud de carácter público.

Que los establecimientos públicos, en la mayoría de los casos, constituyen la puerta de entrada al sistema, fundamentalmente en la atención y resolución de problemas críticos de salud.

Que las lesiones y óbitos producidos por accidentes de tránsito tienen una prevalencia elevada, siendo atendidos en establecimientos públicos en forma total o en los primeros cuidados.

Que en la actualidad no se observan niveles significativos de presentaciones de los hospitales y/o centros de salud de carácter público ante las entidades aseguradoras con el objeto de recuperar los gastos incurridos como consecuencia de accidentes de tránsito que involucren vehículos asegurados.

Que surge como oportunidad para mejorar el recupero de costos de los hospitales y/o centros de salud de carácter público, impulsar mecanismos de recupero en virtud de la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil, instituido por la Ley de Tránsito Nº 24.449 y las respectivas normativas vigentes provinciales.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA...

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