Resolución Nº 675/GCABA/MJGGC/13
Firmantes | RodrÃguez Larreta |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 16 de Agosto de 2013 |
VISTO:
El Decreto N° 224/13, la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 y el Expediente N°
3079779- MGEYA-SSPLYCG/13, y
CONSIDERANDO:
Que por la presente actuación tramita la contratación de BALAN, Dario Javier D.N.I. N°
37.417.575, CUIT N° 20-37417575-1, bajo la figura de locación de servicio en el modo,
forma y período que se detalla en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente;
Que por el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,
ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de
Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE;
Que, en el artículo 2° del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de
Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo
y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo
de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad
presupuestaria;
Que, en el artículo 6° del mencionado Decreto, se fijó en sesenta (60) días corridos el
plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el
régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución
autorizante;
Que por la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 se aprobó el procedimiento
administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra
que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del
Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE;
Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores
Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 ni percibe ningún subsidio por razones
de falta de empleo;
Que, asimismo, la persona por la cual se propicia la contratación ha declarado bajo
juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por
contrato alguno o en calidad de pasantes o asistente técnico por convenio con alguna
Universidad;
Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa
precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y
...
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