Resolución Nº 675/GCABA/MJGGC/13

FirmantesRodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2013

VISTO:

El Decreto N° 224/13, la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 y el Expediente N°

3079779- MGEYA-SSPLYCG/13, y

CONSIDERANDO:

Que por la presente actuación tramita la contratación de BALAN, Dario Javier D.N.I. N°

37.417.575, CUIT N° 20-37417575-1, bajo la figura de locación de servicio en el modo,

forma y período que se detalla en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente;

Que por el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE;

Que, en el artículo 2° del citado Decreto se facultó al/la titular de la Vicejefatura de

Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo

y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo

de pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria;

Que, en el artículo 6° del mencionado Decreto, se fijó en sesenta (60) días corridos el

plazo máximo que podrá transcurrir desde el inicio de la prestación celebrada bajo el

régimen de locación de servicios o de obra, hasta la firma de la respectiva resolución

autorizante;

Que por la Resolución Conjunta N° 11-SECLYT/13 se aprobó el procedimiento

administrativo electrónico para las contrataciones de locación de servicios y de obra

que deberán tramitar por Expediente Electrónico, mediante el Módulo "LOyS" del

Sistema de Administración de Documentos Electrónicos-SADE;

Que, la persona a contratar no se encuentra inscripta en el Registro de Deudores

Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 ni percibe ningún subsidio por razones

de falta de empleo;

Que, asimismo, la persona por la cual se propicia la contratación ha declarado bajo

juramento que no se encuentra revistando en la Planta Permanente o Transitoria del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se halla vinculada con éste, por

contrato alguno o en calidad de pasantes o asistente técnico por convenio con alguna

Universidad;

Que, se han cumplimentado los requisitos y recaudos establecidos en la normativa

precedentemente mencionada y se efectuó la afectación presupuestaria preventiva y

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR