Resolución Nº 123/GCABA/MJYSGC/14

FirmantesMontenegro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2014

VISTO:

El Decreto N° 67/10, reglamentado por las Resoluciones Nros. 51-MHGC-10, N° 232-

MHGC-14, y el Expediente Nro. 1663477/14, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada, la Dirección General de Logística dependiente de la

Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, solicita la

asignación de fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de pesos

seiscientos mil ($ 600.000) para solventar la compra y el alquiler de materiales,

maquinarias, herramientas, equipos, agua, alimentos y demás elementos necesarios

para responder a emergencias y/o catástrofes que puedan acontecer o para efectuar

gastos en materia de prevención de emergencias y/o catástrofes, incluidos aquellos

simulacros y capacitaciones que deban efectuarse para posibilitar una adecuada

capacidad de respuesta de las aéreas de emergencia del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que corresponde eximir a la presente entrega de lo estipulado en el punto 1 del Anexo

III de la Disposición N° 9/DGCG/10, debiéndose rendir los fondos antes de cada

entrega;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal ha tomado intervención.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/10,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

RESUELVE

Artículo 1 Asígnase a la Dirección General de Logística dependiente del Ministerio de

Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, fondos en concepto

de Caja Chica Especial por la suma de pesos seiscientos mil ($ 600.000), para

solventar la compra y alquiler de materiales, maquinarias, equipos, agua, alimentos y

demás elementos necesarios para responder a emergencias y/o catástrofes que

puedan acontecer o para efectuar gastos en materia de prevención de emergencias

y/o catástrofes, incluidos aquellos simulacros y capacitaciones que deban efectuarse

para posibilitar una adecuada capacidad de respuesta de las áreas de emergencia del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Artículo 2 Los fondos citados en el articulo precedente deberán depositarse de la

siguiente forma: pesos trescientos mil ($300.000) antes de finalizado el primer

trimestre del 2014, y los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR