Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, M. 83. XLIX

Fecha06 Agosto 2013
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

i F. 755. XLVIII. Y otro F., R.O. y otros el Loteria Nacional S.E. si laboral. Buenos Aires, vistos los autos:

"'F., R.O. y otros el Lotería Nacional S. E. s I laboral' y M. 83. XLIX 'M., J. y otros el Lotería Nacional SE si laboral'''.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) .

Por ello, se declaran inadmisibles los recursos extraordinarios interpuestos.

Con costas.

N. y, oportunamente, devuélvanse.

--------_.--- - ENRIQUE S PETRACCHI

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  • Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, F. 755. XLVIII
    • Argentina
    • Suprema Corte de Justicia (Argentina)
    • 6 Agosto 2013
    ...y otros el Loteria Nacional S.E. si laboral. Buenos Aires, vistos los autos: "'F., R.O. y otros el Lotería Nacional S. E. s I laboral' y M. 83. XLIX 'M., J. y otros el Lotería Nacional SE si Que los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de......
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  • Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Agosto de 2013, F. 755. XLVIII
    • Argentina
    • Suprema Corte de Justicia (Argentina)
    • 6 Agosto 2013
    ...y otros el Loteria Nacional S.E. si laboral. Buenos Aires, vistos los autos: "'F., R.O. y otros el Lotería Nacional S. E. s I laboral' y M. 83. XLIX 'M., J. y otros el Lotería Nacional SE si Que los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de......

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