Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Febrero de 2014, G. 485. XLIX

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha11 Febrero 2014
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G.

485.

XLIX.

RECURSO DE HECHO

G., J.H. y otros el Estado Nacional - Ministerio de Economia y otro si programas de propiedad participada.

Buenos Aires, JA t:ú ~¡,..erO~ .2:J,/IL¡ Vistos los autos:

"Recurso de hecho deducido por la actora en la causa G., J.H. y otros cl Estado Nacional - Ministerio de Economía y otro si programas de propiedad participada", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario" cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) Por ello, se desestima la queja.

H. saber y, oportunamente, archívese.

E. RAUl ZAFFARONI

Recurso de hecho interpuesto por los actores, representados y patrocinados por la Dra. L.A.Z.. Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, S. 11. Tribunal que intervino con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 1.

D.O.

00000001

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